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Chihuahua

Respalda Educación a las familias chihuahuenses con Seguro Escolar para estudiantes del nivel Básico

-El programa contribuye a cubrir gastos generados por accidentes en las escuelas, con servicio en instituciones como el Hospital Infantil, el Hospital General y diversos centros de salud

Con el objetivo de respaldar a la niñez chihuahuense y a sus familias, la Secretaría de Educación y Deporte (SEyD) implementa el programa de Seguro Escolar, que contribuye a saldar los gastos por accidentes que ocurren en las instituciones educativas o en trayecto, con cobertura universal en todas las escuelas federalizadas y estatales.

Las y los estudiantes inscritos en Educación Básica del estado de Chihuahua, tienen asegurada la atención médica que los protege ante alguna eventualidad en el plantel, en el camino desde su casa y viceversa, o durante actividades autorizadas fuera de las aulas.

De acuerdo con el convenio firmado con Servicios de Salud y el Instituto Chihuahuense de Salud (Ichisal), la atención se ofrece en nosocomios públicos como el Hospital Infantil, el Hospital General y diversos centros médicos en la entidad.

Este seguro cubre atención médica, hospitalización y medicamentos, con un límite de 25 mil pesos por accidente, para brindar tranquilidad a las familias ante situaciones imprevistas, e impactar directamente en su economía al apoyar con los gastos generados.

Para tramitar el servicio, las madres, padres o tutores, necesitan el formato de accidente firmado y sellado por la directora o director de la escuela, dentro de las 24 horas posteriores al suceso en zona urbana, y de 72 horas en áreas rurales, lo que garantiza un proceso ágil y sin contratiempos para recibir asistencia médica de calidad.

El protocolo de actuación contempla una reacción inmediata por parte del personal escolar, la notificación a los padres y, en casos graves, el traslado del menor de edad en ambulancia.

De esta manera, el Seguro Escolar no sólo protege a las y los alumnos, sino que también proporciona un alivio significativo para las familias, al garantizar que la salud de las niñas y niños está resguardada sin que esto signifique un gasto imprevisto.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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