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Chihuahua

Se acerca el cambio de horario

El próximo domingo 28 de octubre, a las 02:00 horas concluye oficialmente el horario de verano, por lo que la recomendación es retrasar una hora sus relojes la noche del sábado 27 al irse a dormir, para reanudar las actividades al día siguiente con el horario normal.

De acuerdo con un boletín de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee), la aplicación de esta medida generó un ahorro estimado de 1300 millones de kilowatts-hora en el país en este año, lo cual equivale aproximadamente al consumo total anual de los estados de Campeche, Colima o Nayarit en el año 2008.

Así también, en los siete meses de implementación, el Horario de Verano evitó emitir a la atmósfera alrededor de 1.6 millones de toneladas equivalentes de bióxido de carbono, el principal gas de efecto invernadero.

Como parte de la serie de beneficios al ecosistema, se dejaron de quemar cerca de 3.1 millones de barriles equivalentes de petróleo para la generación de electricidad.

Con el Horario de Verano que está por concluir, una parte muy importante de la energía eléctrica utilizada en iluminación en los hogares, se sustituye por la luz del día en las horas de mayor consumo.

“Por lo que, con esto, se logró una reducción en la demanda de electricidad de un estimado de 800 megawatts, que permite al Sistema Eléctrico Nacional diferir inversiones por cerca de 10.5 mil millones de pesos, que hubieran sido indispensables para la construcción de nuevas plantas”, señaló el boletín.

El Horario de Verano iniciará nuevamente el primer domingo 6 de Abril de 2013.

 

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Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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