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Chihuahua

Se enardecen maestros, lanzan rechiflas y mentadas a Alejandro Villareal; él les envía a sus guaruras

El día de hoy un grupo muy nutrido de maestro del RESISSSTE se apersonaron en el XXXI Congreso Seccional Extraordinario con el cual pondrá fin a su etapa al frente de la Sección 8, Alejandro Villarreal quien en su discurso se lanzó en contra de ellos lo cual incendió la furia de los presentes.

Villareal recriminó a los maestros que le gritaban mentadas de madre y rechiflas, que en 36 años no habían logrado nada a diferencia del sindicato. El ataque fue respondido por miembros de Resissste e Insurgencia Magisterial, algunos de los cuales fueron repelidos por la fuerza.

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El dirigente sindical afirmó que “la realidad se ha desvirtuado a raíz del uso irresponsable de las redes sociales, en las que todo lo que se publica, a pesar de ser mentira, se vuelve una verdad”.

Mientras tanto el presidente del Congreso, José Medivil Zazueta, hizo un llamado a todos los maestros a “caminar unidos a pesar de las diferencias, ya que lo primordial es trabajar para consolidar los derechos adquiridos, como lo es el de Carrera Magisterial”.

Vea aquí los videos y más información en El Puntero

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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