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México

Senadores aprueban el Registro Nacional de Personas Desaparecidas

La Cámara de Senadores aprobó la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, en la sesión ordinaria de este martes, con 85 votos a favor y la remitió al Poder Ejecutivo para su promulgación.

De acuerdo al dictamen avalado, el registro funcionará como un instrumento del Sistema Nacional de Seguridad Pública para organizar y concentrar la información sobre personas extraviadas o desaparecidas, en una base de datos electrónica.

La base también incluirá descripciones de aquellas personas que se encuentren en establecimientos de atención, resguardo, detención o internación de las cuales se desconozcan sus datos precisos.

El presidente de la Comisión de Seguridad Pública y senador del Partido Acción Nacional (PAN), Felipe González, afirmó que la implementación de la ley es muy importante para encontrar a personas desaparecidas.

“No debemos permitir que una persona que desaparece solo pase a las estadísticas; debemos buscarlos, encontrarlos y regresarlos a su lugar de origen”, agregó.

A nombre del Partido de la Revolución Democrática (PRD), el senador Valentín Guzmán Soto, consideró que la nueva legislación permitirá conocer el número de personas desaparecidas, así como “darle un nombre a las víctimas de la violencia” y un seguimiento adecuado a los casos.

La ley, enviada al Ejecutivo federal para su promulgación, destaca que el registro de personas desaparecidas podrá se consultado por “el público en general” y dispondrá de espacios de buzón para recibir información que se proporcione por la ciudadanía.

Además, funcionará las 24 horas de los 365 días del año, y podrá ser consultado vía telefónica o a través de la página electrónica que para el efecto se diseñe, y la autoridad competente podrá solicitar la colaboración de los medios de comunicación.

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México

Diputados aprueban «Ley Silla»; la envían al Senado

La Cámara de Diputados, con el voto a favor de todas las fracciones parlamentarias, aprobó reformar la Ley Federal del Trabajo para obligar a los patrones a proveer de sillas a sus trabajadores para que tengan descansos periódicos.

Fue avalada en fast track con 476 votos a favor y cero en contra, ya que la iniciativa fue presentada hoy y se le dispensaron todos los trámites, por lo que no tuvo que ir a comisiones para que la dictaminaran y se votó de inmediato. Fue enviada al Senado de la República para continuar el proceso legislativo.

Esta misma reforma fue aprobada por el Senado de la República en febrero pasado y la minuta fue enviada a la Cámara Baja; ahí, la Mesa Directiva la turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para que realizara el dictamen, pero no prosperó el proyecto, por lo que al terminar la LXV Legislatura, fue desechado.

«Les quiero agradecer a los grupos parlamentarios que hayan firmado esta iniciativa y quiero expresar que esta iniciativa fue aprobada en la Cámara de Senadores, propuesta por Patricia Mercado, y ella y yo empujamos el que ésta pueda ser aprobada, porque a pesar de que la aprobamos por unanimidad en el Senado de la República, aquí, en la colegisladora no se aprobó y quedó archivada y desechada», explicó Ricardo Monreal.

La reforma también contempla prohibir a los patrones que obliguen a sus trabajadores a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

«Que al patrón le quede prohibido tener en esas condiciones a miles, quizás millones de trabajadoras y trabajadores que se encuentran en estas condiciones, y que con el tiempo las enfermedades se les acumulan, problemas de salud graves, en la circulación, en las varices y en otras enfermedades, que con los años se tienen», dijo Monreal

Así como proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.

En un artículo transitorio, la iniciativa establece que las empresas contarán con un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor del decreto para adecuar su normativa interna para dar cumplimiento a lo establecido.

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