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Suprema Corte declaró inconstitucional la penalización del aborto en México

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La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) declaró este martes 7 de septiembre la inconstitucionalidad de la penalización de las mujeres y personas que deciden abortar en la primera etapa del embarazo, así como el reconocimiento al derecho a decidir, lo cual se convirtió en un fallo histórico en la historia de México.

Por unanimidad, las y los 10 ministros del pleno de la SCJN invalidaron el artículo 196 del código penal del estado de Coahuila que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.

“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, argumentó del ministro Luis María Aguilar, quien presentó el proyecto a la Sala Superior.

El aborto, cuya criminalización es competencia local, solo está despenalizado (hasta las primeras 12 semanas de gestación) en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de MéxicoOaxacaHidalgo y Veracruz.

Mujeres rechazaron la decisión de la SCJN de no aprobar un proyecto de ley que legalizaría el aborto en el estado de Veracruz (Foto: Cuartoscuro)Mujeres rechazaron la decisión de la SCJN de no aprobar un proyecto de ley que legalizaría el aborto en el estado de Veracruz (Foto: Cuartoscuro)

Conviene recordar que el proyecto fue presentado tras la impugnación que realizó la extinta Procuraduría General de la República (PGR) contra el Código Penal de Coahuila en 2017.

“Se criminaliza a la persona gestante, sin encontrarse definido constitucionalmente si la vida se tutela invariablemente desde la concepción y cuál es el tratamiento del embrión en el mundo jurídico”, explicó la ministra Margarita Ríos-Farjat.

La decisión que este día tomó la SCJN solo invalida el Código Penal del territorio coahuilense; no obstante, sienta un precedente obligatorio para que todos lo tribunales del país fallen en favor de las mujeres que deciden interrumpir el embarazo en los demás estados de la república.

“La garantía de que las mujeres o personas gestantes que así lo decidan puedan interrumpir su embarazo en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria”, se enunció en la declaratoria final.

Un grupo de conservadores religiosos, rezan ayer en las afueras de la Suprema Corte de Justicia, en la Ciudad de México (Foto: EFE/Sáshenka Gutiérrez)Un grupo de conservadores religiosos, rezan ayer en las afueras de la Suprema Corte de Justicia, en la Ciudad de México (Foto: EFE/Sáshenka Gutiérrez)

Sobre ese mismo tema, la ministra Norma Piña aseveró que el Estado no debe de penalizar el aborto de forma absoluta, ya que de hacerlo se estarían restringiendo el derecho de las mujeres o personas gestantes a decidir sobre su propio cuerpo.

“El Estado no sólo debe de abstenerse de forma absoluta de penalizar el aborto, en donde se restrinja el derecho de las mujeres o personas gestantes a decidir sobre su propio cuerpo, sino que además debe de garantizar condiciones mínimas para que ello sea posible”, añadió la jurista en el pleno de la Sala Superior.

De igual forma, las y los ministros afirmaron que la legislación vigente en Coahuila violaba los derechos humanos estipulados en los artículos 1º y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, especialmente donde se prepondera el libre desarrollo de la personalidad.

Especificaron negarle a las personas con capacidad de gestar el derecho a decidir y criminalizarlas por interrumpir voluntariamente su embarazo es discriminatorio y niega el acceso a la salud.

En 2008 la SCJN falló a favor de declarar constitucional la despenalización del aborto (Foto: EFE/Alberto Valdes/Archivo)En 2008 la SCJN falló a favor de declarar constitucional la despenalización del aborto (Foto: EFE/Alberto Valdes/Archivo)

Esta no es la primera vez que el máximo tribunal mexicano resuelve una controversia de este tipo, ya que en 2008 la Sala Superior decidió declarar constitucional la despenalización del aborto en el extinto Distrito Federal, hoy Ciudad de México.

Sin embargo, no todos los ánimos estuvieron a favor durante las dos sesiones donde se debatió el proyecto del ministro Aguilar, ya que algunos miembros del órgano colegiado mostraron su desacuerdo sobre la temporalidad para interrumpir el embarazo.

A lo cual, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, lamentó que el fallo se quede corto, puesto que consideró que se deberían de invalidar todos los artículos que criminalizan el aborto bajo cualquier precepto.

“Desde hace una década he sostenido en esta Suprema Corte que hay un derecho fundamental a la interrupción del embarazo. Criminalizar a la mujer sobre todo a la más pobre y vulnerable es profundamente injusto y abiertamente inconstitucional”, manifestó Zaldívar Lelo de Larrea.

México

¿Cuántos desaparecidos hay en México?

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Marcela Figueroa Franco, titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), reportó 132 mil 534 casos de personas desaparecidas en México. Desde 2006 a la fecha, solo el 33%, es decir, 43 mil 128 registros tienen datos suficientes para la búsqueda.

Durante la conferencia matutina de este viernes 27 de marzo, la funcionaria detalló que de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) y la Base Nacional de Carpetas de Investigación, 46 mil 724 tienen datos insuficientes para emprender su búsqueda, mientras que 40 mil 308 personas reportan actividades y registros después de su fecha de desaparición.

«El 36% del total que no tienen datos completos, por ejemplo, no cuentan con nombre, sexo, fecha de nacimiento, contexto de la desaparición, fecha o lugar de los hechos, lo que imposibilita la búsqueda aun así y se mantienen en el registro», explicó.

Puntualizó que antes de la reforma en materia de personas desaparecidas en 2025, no se solicitaban datos mínimos cuando se subía un reporte de persona desaparecida en el Registro Nacional. La funcionaria mostró casos que no tienen dirección, teléfono de contacto ni lugar de desaparición, entre otros datos fundamentales para la búsqueda.

Mientras que 40 mil 308 registros que sí cuentan con datos suficientes para la búsqueda, sin embargo, después de una revisión en diversos registros administrativos, se han podido corroborar actividades posteriores a la fecha de su desaparición. Entre ellos, matrimonios, altas en el SAT y cambios de domicilio en el INE.

«Una persona fue registrada como desaparecida en el año 2010, aparece en el registro de vacunación con todos sus datos en el 2021. Otro ejemplo, una persona que fue registrada como desaparecida en 2012 se registró en el INE en el año 2023 e incluso coinciden sus huellas digitales», dijo.

«El tercer grupo de 43 mil 128 casos, el 33% del total, corresponde a registros con datos completos, pero que hasta el momento y después de una búsqueda exhaustiva en registros administrativos no se han encontrado aún coincidencias ni actividad posterior a la fecha del reporte de desaparición», mencionó.

Esta mañana, Figueroa Franco presentó un informe de la Estrategia de Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas, que destaca que de 394 mil 645 registros del RNPDNO, 66% ya fueron localizadas, o sea 262 mil 111 personas, de las cuales, 240 mil 211 fueron encontradas con vida y 21 mil 900 sin vida.

Estrategia de Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas

La titular del Secretariado Ejecutivo mencionó que en los casos de personas que muestran indicios de su localización, se requiere una prueba de vida o en su caso, de fallecimiento, por lo que el Gobierno Federal ha implementado una estrategia que contempla dos rutas.

«La primera, cuando se cuenta con datos de contacto, se realiza una llamada para verificar el estatus de la persona y posteriormente se agenda una visita domiciliaria a fin de recabar evidencia de prueba de vida la cual se integra al expediente para la actualización del caso», explicó Figueroa Franco.

Sin embargo, cuando no se dispone de datos de contacto, se solicita información a dependencias como el Instituto Nacional Electoral (INE) o compañías telefónicas y una vez obtenida, se aplica el mismo procedimiento de verificación.

Señaló que este esquema permite confirmar información, actualizar los registros de manera responsable para cambiar el estatus de la persona de desaparecida a localizada y brindar certeza a las familias. Afirmó que debido a esta estrategia, ya fueron ubicadas 5 mil 269 personas y se cambió su estatus de desaparecidas a localizadas en el Registro.

«Un ejemplo concreto es el caso de Enrique N, reportado como desaparecido en 2016. La plataforma de este cruce de registros detectó mil 500 coincidencias con registros administrativos, como el registro de un menor en el registro civil, un matrimonio un año después de la desaparición y diversos trámites laborales. Lo que mostró que esta persona realizaba actividades pese a que estaba reportada como desaparecida», dijo.

Sobre los casos que sí reportan datos completos para su búsqueda, la titular del SESNPS, explicó que el 71% (43 mil 128 registros), fueron integrados por fiscalías estatales al Registro Nacional y solo 3 mil 869 cuenta con una carpeta de investigación, mientras que 26 mil 611 son reportes únicamente.

«La diferencia entre un reporte y una carpeta es que los reportes formalmente no inician una investigación dentro de la fiscalía. En segundo lugar, tenemos los registrados por las comisiones locales de búsqueda que suman 10 mil 854 casos. Y por último, mil 794 que fueron reportados por la ciudadanía directamente en el portal de la Comisión Nacional de Búsqueda», refirió.

Para finalizar, Figueroa Franco mencionó que de 2006 a 2026, de 46 mil 742 personas el 36% del total no tienen datos suficientes para la búsqueda; 40 mil 308, el 31% del total tienen datos suficientes para la búsqueda y registraron actividades después de su fecha de desaparición. Y actualmente la autoridad está en proceso de confirmar y formalizar su localización de 43 128 registros, el 33% del total.

Afirmó que de cada 100 personas reportadas como desaparecidas en un mes, en promedio 66 son localizadas, de las cuales, 92 de cada 100 casos se localizan con vida y en 96 casos de cada 100 casos los reportes no están relacionados con la comisión de un delito.

Por último, destacó que desde el inicio de la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, del 1 de octubre de 2024 a la fecha, se han localizado 31 mil 946 personas con reporte de desaparición.

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