Por: Alejandro Salmón Aguilera
Ahora que se puso de moda el tema de la corrupción, tanto que hasta creamos una nueva dependencia que lleva ese nombre que ni existe en la terminología jurídica del país, los manejadores de la política chihuahuense deberían echar un ojo a quienes ya están actuando, en este preciso momento, sin esperar a que se constituya esa nueva carga burocrática que será la fiscalía especializada en combate a la corrupción.
Para muestra, el candidato a la Presidencia Municipal de Juárez por el PRI y partidos que lo acompañan, Héctor “Teto” Murgía Lardizábal.
El sempiterno abanderado del PRI en cuanta contienda se presente busca ahora un tercer período como presidente del municipio fronterizo, pero nunca ha rendido cuentas en torno a su doble papel como presidente de un municipio y de por lo menos seis empresas.
Durante su primera gestión como presidente municipal, entre octubre del 2004 y el mismo mes del 2007, “Teto”—así le gusta que le digan y así se promueve como marca—presidió y/o fue socio de las empresas Química Industrial Fronteriza, SA de CV., Dekoro Internacional, S.A. de C.V., La Cité Internacional, S.A. de C.V, Promotora de Bienes y Servicios Delta, S.A. de C.V., Grupo Inmobiliario Internacional de América, S.A. de C.V., Delta Trinacional, S.A. de C.V., y del grupo Delta Dos Mil, S.A. de C.V.
A todas ellas las presidió o era socio cuando era Senador de la República, entre septiembre de 1994 y mismo mes del 2000 y en tres de ellas asumió la presidencia a partir de 1995, cuando recién asumía el cargo de Senador de la República. Otra más la comenzó a presidir en 1997, cuando estaba a la mitad de su gestión en la Cámara Alta. Una más: Delta Dos Mil, S.A. de C.V., la dirigió entre el año 2000, su último año como senador, y el 2009, dos años después de que dejara su primer período como alcalde de Juárez.
Es decir, que el ahora candidato presidió y tomó decisiones ejecutivas en empresas privadas al mismo tiempo que era senador y alcalde de Juárez.
La coincidencia entre política y empresa no paró ahí, pues hoy que inicia su tercera campaña para la Presidencia Municipal de Juárez es socio de la empresa de seguridad privada creada a 27 días de haber abandonado su cargo en 2013: “Titán Seguridad Privada Leyza Corps”, junto a sus socios, Julián Leyzaola y la ex directora municipal de Tránsito Municipal, Stella Maris Domínguez.
Iracundo, como suele responder, el ahora candidato del PRI por quinta ocasión dirá que todos los datos antes mencionados son calumnias y que seguramente quien las escribe forma parte de una campaña orquestada por el Partido Acción Nacional. Eso dice siempre que se le enseñan documentos que demuestran su doble participación como político y empresario.
En este caso, los datos sobre sus empresas y el rango que en ellas tenían provienen de una “calumnia” publicada en Sistema de Información Legislativa de la Cámara de Diputados.
Ahí está un encargo para quienes buscan información “3 de 3” (por cierto, sin hacer lo mismo con sus propios bienes y relaciones): un funcionario que ha ocupado cinco cargos de elección popular y a la vez ha presidido o creado empresas.
Bien pueden iniciar con ese caso flagrante de violación La Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de Los Servidores Públicos exige a los servidores públicos una separación de sus intereses personales, tal y como lo mandata la Fracción XI del Artículo 8, el cual dice con toda claridad:
“Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.”
La ley define que “Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión”.
Adelante: ahí tienen uno de muchos casos que hay en el ambiente. No necesitan nombrar un Fiscal Anticorrupción. Con aplicar la ley ya vigente tienen.