Conecta con nosotros

Acontecer

Transparencia, fundamental para la correcta Rendición de Cuentas: Enrique Medina Reyes

Dentro de la mesa panel “Instituciones Abiertas y Transparencia” el Consejero Presidente del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública, Enrique Medina Reyes, destacó que en el quehacer nacional, en el derecho mexicano, no existe una definición legal del concepto “Rendición de Cuentas”; sin embargo, se hace expresa referencia a esta acción en diversas normas, para significar la obligación de todos los servidores públicos de entregar al depositario de la soberanía, informe detallado y justificado de lo realizado en el ejercicio de un cargo público y de la administración de los recursos públicos asignados al mismo.

Published

on

Dentro de la mesa panel “Instituciones Abiertas y Transparencia” el Consejero Presidente del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública, Enrique Medina Reyes, destacó que en el quehacer nacional, en el derecho mexicano, no existe una definición legal del concepto “Rendición de Cuentas”; sin embargo, se hace expresa referencia a esta acción en diversas normas, para significar la obligación de todos los servidores públicos de entregar al depositario de la soberanía, informe detallado y justificado de lo realizado en el ejercicio de un cargo público y de la administración de los recursos públicos asignados al mismo.

Destacó que en el 2002 fue introducido en la legislación mexicana el concepto “transparencia”, que implica poner en forma accesible a disposición de todos, información pública fundamental del quehacer público y aspectos relevantes del ejercicio de los recursos, como si se colocaran en una urna de cristal a la vista de los ciudadanos.

El Consejero Presidente hizo énfasis en que la transparencia es uno de los elementos fundamentales para poder establecer una correcta rendición de cuentas, para generar en la población una buena imagen de las instituciones públicas.

Así mismo mencionó que indudablemente, en materia de transparencia, hay rendición de cuentas. Las leyes en esta materia obligan a las autoridades públicas a poner a disposición de los ciudadanos información general y garantizan a éstos el acceso a información concreta mediante procedimientos sencillos y rápidos de interlocución entre la ciudadanía y entes públicos. En el artículo 6° de la Constitución Federal, se consagra como un derecho fundamental de los individuos.

La Rendición de Cuentas tiene constitucional y legalmente un alcance conceptual mayor, en cuanto a que, tiene su raíz y fundamento en los artículos 39. 40 y 41 de la Constitución Federal, en cuanto a que estos establecen que la soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo; que todo poder proviene del pueblo y se instituye para beneficio de éste: que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa; y que el pueblo ejerce su soberanía por medio de los poderes de la Unión, en los casos de competencia de éstos, y por los de los estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos establecidos en la Constitución Federal y las de los Estado.

De esta manera se perfilan la rendición de cuentas indirecta y directa, en donde la primera se destaca que en el artículo 165, en el que se otorga rango constitucional a la obligación de los Poderes Legislativo, incluida la Auditoria Superior del Estado, y el Ejecutivo del Estado, éste último, tanto en la administración pública centralizada como en la paraestatal; los organismos públicos autónomos y los ayuntamientos, incluyendo las dependencias de la administración pública municipal centralizada y paraestatal y la sindicatura, de entregar antes del término de su fundación, a las autoridades entrantes, la documentación e información necesaria que permita conocer el ejercicio y funcionamiento de dicho encargo.

El artículo 170, otorga al sistema Estatal de Fiscalización dos objetivos: coadyuvar al desarrollo peramente en la eficiencia, eficacia, economía y transparencia de la gestión pública y de obligar de manera permanente la rendición de cuentas.

Otro de los temas que hizo mención fue la protección de datos personales, comentando que en estos términos, se debe de cuidar mucho la privacidad de los mismos, ya que esto es la identificación oficial de las personas, asegurando que al hacerse mal uso de los mismos, se puede prestar a la desconfianza de las autoridades.

EMRPonencia

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

Acontecer

Miles esperan lugar en la UACH: ya están listos los resultados del examen de admisión

Published

on

La Universidad Autónoma de Chihuahua recibió de manera oficial los resultados del examen de admisión aplicado a aspirantes de nuevo ingreso, evaluación que estuvo a cargo del Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL).

La entrega formal de los resultados se realizó ante la notaria pública número 13, Rosalinda Ramos Ríos, con el propósito de garantizar certeza jurídica, transparencia y legalidad en todo el proceso, conforme a los lineamientos establecidos para este tipo de evaluaciones.

En esta etapa participaron más de cuatro mil aspirantes, quienes presentaron el examen el pasado 5 de diciembre, tanto en modalidad presencial como virtual, como parte del mecanismo de ingreso a los distintos programas académicos que ofrece la máxima casa de estudios del estado.

La UACH informó que la publicación de los resultados se lleva a cabo en estricto apego a la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua, por lo que la consulta se realiza únicamente mediante el número de folio asignado a cada sustentante, sin mostrar nombres ni información sensible.

Las y los aspirantes pueden verificar su estatus dentro del proceso de ingreso a través del sistema oficial habilitado por la universidad, donde se reflejan los resultados correspondientes a esta evaluación.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto