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Chihuahua

Traumatismo craneoencefálico causa del fallecimiento de Esperanza : Fiscalía

Como parte de las investigaciones realizadas por elementos de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género, entorno al fallecimiento de Esperanza Chaparro Sáenz, se obtuvo como resultado de los estudios efectuados a la osamenta, tejido y restos biológicos, que la causa del deceso fue un traumatismo craneoencefálico.

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Como parte de las investigaciones realizadas por  elementos de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género, entorno al  fallecimiento de Esperanza Chaparro Sáenz, se obtuvo como resultado de los estudios efectuados a la osamenta, tejido y restos biológicos, que la causa del deceso fue un traumatismo craneoencefálico.

 

De acuerdo a las investigaciones, Esperanza Chaparro Sáenz de 19 años salió de su domicilio ubicado en la colonia Vistas Cerro Grande con dirección  a su lugar de trabajo en el centro de la ciudad, lugar donde fue vista por última vez; esta Fiscalía tiene  conocimiento que posteriormente la fémina se dirigió por sus propios medios a la colonia Riveras de Sacramento.

 

Posteriormente la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género, recibió el reporte sobre la localización del cuerpo en una zona despoblada  y de difícil acceso en el  Ejido Sacramento  y la sierra de Nombre de Dios, por lo que los agentes arribaron para dar fe del hallazgo y efectuar el levantamiento de los restos para posteriormente trasladarlos al C4.

 

Recientemente la Fiscalía General del Estado integró a las investigaciones a un grupo de especialistas provenientes de Ciudad Juárez, quienes evalúan el entorno psicológico y social en que Esperanza Chaparro se desenvolvía, acciones a fines a coadyuvar en el desarrollo de la investigación.

 

Esta Fiscalía se encuentra realizando también las técnicas de investigación de autopsia psicológica para ampliar la información que existe sobre el entorno de vida de Esperanza y determinar rasgos de personalidad.

 

esperancita

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Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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