Chihuahua
Tres chihuahuenses en la lista de los 50 líderes del sector agua en México
La revista Líderes Mexicanos incluye a Óscar Ibáñez Hernández, director ejecutivo de JCAS, a Carmen Julia Navarro, de la JMAS Chihuahua y Kamel Athié Flores, por su labor en el fomento al uso adecuado del agua.
En las condiciones desérticas de nuestra entidad, un recurso tan escaso, valioso y estratégico como el agua, está en manos de profesionales reconocidos por su experiencia y capacidades.
Muestra de ello, es que tres chihuahuenses fueron incluidos en la lista los 50 líderes del sector agua en México, de la revista Líderes Mexicanos, por su labor interdisciplinaria en la atención frontal de los problemas hídricos y en la responsabilidad de transmitir el conocimiento a nuevas generaciones.
Ellos son Oscar Ibáñez Hernández, Carmen Julia Navarro y Kamel Athié Flores, destacados por la Revista como personas sobresalientes e influyentes en campos gubernamental, organismos operadores de agua potable y saneamiento, entre otros.
Óscar Ibáñez Hernández, es director ejecutivo de la Junta Central de Aguas y Saneamiento (JCAS); Carmen Julia Navarro de la Junta Municipal de Aguas y Saneamiento de la ciudad de Chihuahua (JMAS) y Kamel Athié Flores, consultor independiente, ha sido director de la Comisión Nacional de Agua (Conagua) en el estado de Chihuahua, además es una persona muy conocedora del tema.
Carmen Julia Navarro representa también a la Asociación de Mujeres Ingenieras en el Sector del Agua y es catedrática de la UACh.
El director ejecutivo de la JCAS, Óscar Ibáñez, considera que ese reconocimiento no solo es para él, sino para el trabajo de los directores de las 49 juntas en estado, “sí hay un reconocimiento al líder, en realidad es extensivo a todo el equipo de trabajo”.
Consideró que el hecho de que tres chihuahuenses hayan sido colocados en la lista de los 50 a nivel nacional, es muy significativo, además de que las tres personalidades son miembros de la Asociación Mexicana Hidráulica.
La gobernanza y el mejor uso del recurso acuífero, fueron parte de las materias que se pusieron sobre la mesa para determinar la inclusión de los tres chihuahuenses.
En entrevista, Ibáñez expresó que la administración del agua y su racionamiento, en el caso de Chihuahua, se da en un contexto de cambio climático y con la complejidad institucional por la existencia de un Tratado Internacional de Aguas con Estados Unidos.
“Chihuahua es un estado semidesértico y semiárido en dos terceras partes de su territorio. En la parte de estado que si llueve, es en la sierra, pero la mitad de la precipitación drena hacia los estados de Sonora y Sinaloa, solo una parte de ese caudal viene a dar a la Cuenca del Conchos”, explicó.
“En Chihuahua nos interesamos cada vez más por el agua porque vemos todas las implicaciones que tiene”, expresó Ibáñez.
Al referirse al tema de cómo garantizar el derecho del acceso al agua en un ambiente en donde es un recurso muy limitado y se vuelve estratégico, Ibáñez comentó que en 2015 se estimaba que había 19 acuíferos sobreexplotados, de los 61 que existen en el estado.
Para 2018, la Conagua identificó 30 acuíferos sobreexplotados, pero en 2020 la cifra subió a 44. “Esto demuestra el nivel de sobreexplotación de mantos acuíferos en el estado”, señaló Oscar Ibáñez.
Agregó que la mayor parte de la población, prácticamente el 100%, toma agua no de los ríos o de las presas, sino que todo el consumo público proviene de pozos sobreexplotados, lo que implica que se extrae más de la que se recarga y se va recuperando.
“Vivimos en una zona donde hay poca agua y la tendencia es a que cada vez haya menos, eso implica lógicamente que se debe cuidar más, usarla más racionalmente y reutilizarla, porque las condiciones de variación climática muestran que los fenómenos atmosféricos que dominan el ciclo meteorológico están cambiando”, añadió.
Como parte de las acciones de garantía al agua, recordó que desde hace más de 40 años surgió el tandeo en la dotación del líquido. En la capital no todo mundo tiene el servicio las 24 horas e incluso, una pequeña parte de los habitantes no tiene todavía servicio de agua potable entubada.
En la sierra surgieron los sistemas de recolección de agua pluvial y otros mecanismos que permiten que sus habitantes tengan acceso a este recurso y además se hacen sistemas más eficientes de riego, para garantizar por un lado el derecho al agua y por otro, evitar que emigren por condiciones de sequía.
Para Óscar Ibáñez, la expectativa para la viabilidad del agua en Chihuahua requiere de la concientización, la unión social y el respeto en el uso del agua.
“Que la población tenga este elemento en sus hogares depende de que se haga una verdadera valoración del elemento. En la medida que reflexionemos, que pensemos un poquito por el valor del agua, vamos a poder cuidarla mejor y utilizar la ciencia para cuidarla”, dijo Ibáñez.
Otra estrategia, es reutilizar el agua que se desecha para no regar con agua potable, sino con aguas tratadas, que se rebombé, reutilice y poder regar los cultivos, eso reduciría el consumo de agua potable.
Por ello, hizo un llamado a los científicos, ingenieros y tecnólogos, para buscar alternativas que ayuden a reducir el consumo de agua, por ejemplo, en los aparatos de aire acondicionado.
“Pensar en soluciones tecnológicas, como el aislamiento térmico de viviendas para reducir las necesidades de energía, tanto en invierno como de agua en el verano”, señaló.
Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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