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México

Pondremos un “hasta aquí” a comunitarios: fiscal de Guerrero

En Guerrero no se va a permitir que se rebase la línea de tolerancia ni el estado de derecho, aseguró el fiscal Miguel Ángel Godínez, luego del enfrentamiento de ayer entre policías comunitarios y agentes de la Fuerza Estatal en el municipio de Igualapa.

«Los hechos ocurridos el día de ayer fue un hasta aquí, fue un mensaje claro de que no se va a permitir que se rebase la línea de tolerancia y principalmente que no se vea rebasado el estado de derecho», dijo en entrevista con Magda González en Milenio Televisión.

Ayer, integrantes de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC) y policías estatales se enfrentaron en Igualapa, luego de que los uniformados atendieron una alerta por el secuestro de una persona. El saldo del enfrentamiento fue de seis presuntos delincuentes y dos policías muertos.

«La autoridad aquí en el estado ha privilegiado el diálogo y ha sido muy tolerante, pero no podemos permanecer inmóviles ante hechos como los que ocurrieron ayer, porque una sola vida es necesaria para que se active todo el aparato de administración de justicia», dijo Godínez.

«Esto es un parteaguas, es decir, es marcar, señalar que la autoridad está aquí, que hay un estado de derecho y que no se debe rebasar».

El fiscal guerrerense dijo que aún no contemplan desarmar a ningún grupo, pero estrecharán el trabajo entre fuerzas estatales y federales.

«Es de admirar que defiendan a sus tierras y su familia, pero no pueden traspasar la ley. Vamos a seguir trabajando en esta área, colaborando con autoridades del estado y federales», indicó.

El fiscal de Guerrero informó que Eliseo Villar, líder de la CRAC, enfrenta cargos por secuestro agravado y ya se investiga si tuvo relación directa con los hechos de ayer en Igualapa, donde un operativo por liberar a una víctima de plagio terminó en un enfrentamiento entre comunitarios y policías estatales.

Fuente: Milenio

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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