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Los cárteles mutan a casas de empeño; la PGR investiga

CIUDAD DE MÉXICO, 9 de julio.- El crimen organizado y los cárteles del narcotráfico utilizan las casas de empeño para financiar sus organizaciones y como una forma de lavar dinero ilícito, indica la Procuraduría General de la República (PGR) a través de sus investigaciones.

La dependencia federal cataloga este hecho como una nueva mutación del crimen organizado para obtener ganancias no sólo a través del trasiego de droga, sino de otras actividades y como método de lavado de dinero.

A través de un documento que fue entregado a los procuradores de justicia del país se precisa que entre 30 y 35 por ciento de los objetos u artículos que se empeñan en casas prendarias son robados.

La PGR ubica en sus investigaciones que el crimen organizado utiliza las casas de empeño para financiar sus actividades ilícitas a través de dos formas: instalando casas prendarias a través de prestanombres para lavar el dinero ilícito y al mismo tiempo para obtener ganancias a través de los intereses que cobra, y fundiendo el oro de alhajas que no son recogidas para utilizar el oro como moneda de cambio.

El crimen organizado utiliza para la fundición de alhajas de oro a joyeros, quienes se encargan de su fundición y de la elaboración de nuevas prendas, estos mismos joyeros son cómplices para –en la mayoría de los casos– elaborar diversos artículos para el crimen organizado, desde cachas para pistolas, hasta pulseras, cadenas o monedas que identifican a la organización criminal.

La otra forma es la mutación de las organizaciones criminales, principalmente Los Zetas, para realizar actividades ilícitas, sobre todo del fuero común, como es el robo a casa habitación, transeúnte o automovilistas, para que los artículos obtenidos puedan ser empeñados y obtener recursos a través de los objetos robados que nunca son recuperados.

El subprocurador de Delitos Federales, Irving Barrios, dijo que esta forma de operación fue detectada por la PGR, por lo que se pidió a mandatarios estatales y procuradores de justicia revisar sus mecanismos de regulación comercial e incrementar en el caso de las casas de empeño mayores requisitos para cerrarle este camino a la delincuencia organizada.

“La PGR en la última reunión de procuradores de justicia del país y ante la preocupación que existe por la violencia de los delitos del fuero común y ante el incremento de los ilícitos como es sobre todo el robo en casa habitación y por otro lado los esquemas para desarrollarse a través de estas instituciones en las comisiones del ilícito de lavado de dinero porque pueden ser utilizadas para operaciones de recursos de procedencia ilícita, se invitó a las autoridades a llevar a cabo una revisión de la regulación y supervisión que tienen sobre este tipo de lugares”, indico Barrios.

Entrevistado por Excélsior, Irving Barrios precisó que respecto a los artículos que son empeñados por la delincuencia en esos lugares se acordó realizar una revisión de la regulación en el ámbito federal “con el objetivo de establecer mejoras en sus controles y tratar de tener el registro completo de quienes llevan a cabo los empeños”.

Irving Barrios indicó que “cuando se funde el oro y llevan a cabo todo este proceso para obtener de esa forma recursos o lavar dinero estamos hablando del esquema de delincuencia organizada, pero también hablamos de un esquema de una organización mediana o pequeña que se dedica al robo de casas habitación, que su ganancia la obtienen a través del empeño porque es más fácil el intercambio de las mercancías obtenidas de manera ilícita, y si lo llevamos a un índice de mayor escala hablamos ya de lavado de dinero”.

De acuerdo con la PGR, la proliferación de casas de empeño en el país inició a partir de 2003, como negocios altamente productivos. Su operación depende en su mayoría de las regulaciones comerciales y sanitarias de los estados de la República, quienes les otorgan permiso para operar.

Situación diferente a la de casas prendarias denominadas de asistencia pública, como lo es el Nacional Monte de Piedad, que conceden préstamos por diversos artículos, con la diferencia de que la obtención de recursos a través de intereses o subastas son entregados a obras de beneficencia.

En muchos casos, a pesar de que en las llamadas casas de empeño solicitan como requisito la credencial de elector o un documento especial para efectuar el préstamo prendario, se ha encontrado  que los empleados de las casas de empeño están coludidos con criminales, por lo que por cada solicitante que entrega una documentación oficial se le agregan otros préstamos apócrifos.

Los artículos robados en algunas ocasiones han sido reconocidos en las casas de empeño por los propios dueños, quienes meses atrás han sido atracados en la calle o en su domicilio y han sido empeñados con la entrega de documentos oficiales apócrifos.

Cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), a través de las cifras que envían procuradores del país, registran un incremento en los delitos del fuero común denominados de alto impacto en varios estados del país, sobre todo el referente al robo.

De acuerdo al SESNSP durante 2011 se cometieron un millón 690 mil 958 robos y 45% de ellos fue con violencia.

En 2010 la dependencia federal recopiló que en todo el país se cometieron un millón 704 mil 99 casos. El 49 por ciento fue con violencia.

Hasta mayo de 2012 se habían cometido en todo el país 679 mil 111 robos y 49% de ellos (293 mil 936 casos) fue con violencia

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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