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Imparten conferencia sobre ética judicial en el STJE

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“Los jueces deben cumplir con tres condiciones para desempeñar el cargo que ocupan: objetividad, imparcialidad e independencia”, aseveró el Magistrado Pablo Héctor González Villalobos en la conferencia que impartió con motivo del Día del Abogado.

 

El Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua, organizó a través del Centro de Formación y Actualización Judicial (CEFORAJ), la conferencia “Ética en la función judicial” a cargo del Magistrado de la Séptima Sala Penal, Mtro. Pablo Héctor González Villalobos con motivo del Día del Abogado.

 

En su intervención, el ponente destacó la importancia de que el juez posea la libertad de interpretar la norma, lo que significa que sus criterios son discrecionales y, por tanto, hace que sus interpretaciones conlleven juicios de valor sobre los que debe hacerse responsables.

 

Por tanto, cuando el juez toma consciencia de esa discrecionalidad debe dar cuenta de dos condiciones: que los jueces tengan autoridad intelectual y capacidad técnica; y la segunda, que posean autoridad moral para que sus sentencias sean creíbles, imparciales e independientes, afirmó el Magistrado González Villalobos.

 

Cabe destacar, en este mismo contexto, que hoy se llevará a cabo la conferencia “Consideraciones hermenéuticas sobre la libre valoración de las pruebas”, impartida por el Dr. Donato Cárdenas Durán a las 16:00 horas en las instalaciones del CEFORAJ, ubicado en calle Paseo Bolívar no. 800, Col. Centro de esta ciudad capital.

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Chihuahua

Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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