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México

Cáncer, primera causa de muerte en niños de 5 a 14 años

El cáncer es un problema de salud pública.

Enfermedad que causa una de cada seis muertes en el mundo.

Datos de la UNAM señalan que este padecimiento es la primera causa de muerte por enfermedad en niños de 5 a 14 años de edad, además que la tasa de supervivencia en México apenas rebasa el 56% de los casos debido al retraso en la detección y confirmación de diagnósticos.

Por primera vez, la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal y Organizaciones Civiles anunciaron una campaña conjunta contra el cáncer infantil.

Así, “Juntos Somos Esperanza” reunió a siete instituciones sin fines de lucro que luchan para prevenir y vencer el cáncer infantil, por lo que niñas, niños y adolescentes con cáncer en México contarán permanentemente con su apoyo para mejorar la detección y atención oportuna del padecimiento, además de promover iniciativas que han permitido elevar la calidad de vida de los menores de edad y sus familiares.

La base de la campaña “Juntos Somos Esperanza” será la procuración de fondos y concientización a instituciones de asistencia privada como AMANC, Casa de la Amistad, Aquí Nadie se Rinde, Juntos para el Bienestar de Niños con Cáncer y Una Nueva Esperanza, así como asociaciones civiles, Fundación Santiago y Fundación Vuela.
Para tal fin, se proyectará la película “El Ángel en el Reloj” del director Miguel Ángel Uriegas, el próximo 30 de julio en el Teatro de la Ciudad Esperanza Iris a las 19:00 horas, el costo del boleto será de $300.00 y el monto de lo recaudado en la función se repartirá entre las siete organizaciones para mejorar la calidad de vida de las niñas, niños y adolescentes que padecen cáncer.

“El Ángel en el Reloj” narra la historia de una niña enferma que busca detener el tiempo porque está convencida de que éste es el causante de todos sus males. La producción realizada por estudios Fotosíntesis Media, especializado en audiovisuales con causa, presenta escenarios insólitos y criaturas fantásticas destaca por emotiva y entretenida para los niños, a quienes invita a la reflexión y a la toma de conciencia.

Además, la Secretaría de Cultura de la Cuidad de México se sumó al proyecto como co-productor y facilitó la obtención del Teatro de la Ciudad, inmueble ubicado en el Centro Histórico de la ciudad, que este año celebra orgullosamente su centenario.
A esta función de cine con causa asistirán beneficiarios de las instituciones participantes, patronos, directivos, voluntarios, así como público en general interesado en apoyar.

Los boletos se pueden adquirir en las taquillas del teatro y a través de Ticketmaster.

¡Únete a esta causa, tu aportación puede salvar vidas!

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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