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México

Suspenden a los jueces del caso Abril, víctima de feminicidio

Federico Mosco González y Luis Alejandro Díaz Antonio, los jueces involucrados en la reclasificación del caso de Abril Pérez Sagaón, han sido suspendidos, informó el doctor Rafael Guerra Álvarez, magistrado presidente del Poder Judicial y del Consejo de la Judicatura, ambos de la Ciudad de México.

“Ante la lamentable cadena de hechos que culminaron con el feminicidio de una ciudadana de iniciales ACPS, el Poder Judicial de la Ciudad de México se suma a la indignación social y ratifica su compromiso de actuar con perspectiva de género y contra toda la violencia contra la mujer, sin menoscabo de la independencia judicial y la autonomía de las y los juzgadores”, se indica en un comunicado.

“Independientemente de la queja de la Procuraduría General de Justicia anunció que presentará ante el Consejo de la Judicatura y que se atenderá puntualmente en todos sus términos, este órgano colegiado, que también presido, ha iniciado una profusa investigación sobre lo actuado en torno al caso presentado ante esta instancia, que antecede los hechos violentos del pasado 25 de noviembre”, indicó Guerra Álvarez.

“A fin de no entorpecer el desarrollo de la investigación iniciada, el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México ha tomado la determinación de suspender a los jueces de Control del Sistema Penal Acusatorio Federico Mosco González y Luis Alejandro Díaz Antonio, hasta que concluya el análisis de lo actuado. Se ratifica el compromiso indeclinable de impartir justicia y actuar siempre en apego a la legalidad”, finalizó.

Fuente; Aristegui Noticias

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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