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México

Contratan a 300 médicos y enfermeras en solo dos días, para enfrentar Coronavirus en México

En sólo dos días, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) contrató a 150 médicos y 150 enfermeras en la Ciudad de México, los cuales serán capacitados para atender a los pacientes infectados con Covid-19.

De acuerdo con el diario El Universal, alrededor de dos mil aspirantes se presentaron entre el 13 y 14 de abril en las inmediaciones del edificio sindical de IMSS en la capital del país, para acceder a una de las plazas temporales señaladas.

El Instituto recordó que la contratación de este personal médico será por 6 meses y otorgará seguridad social para el trabajador y su familia. Asimismo, la contratación cubrirá una capacitación sectorial con cursos para uso de equipo y capacitación de maniobras de salud.

Representantes de la sección 33 del Sindicato de Trabajadores del IMSS señalaron que el Instituto encargó las contratación de 300 personas pero en la selección de personal registraron a 400 para tener a cien en reserva.

La cifra de convocados rebasó las expectativas por lo que la tarde de este martes se cerraron las contrataciones, dejando en fila a cientos de aspirantes, la mayoría enfermeras. El resultado final se dará a conocer el próximo 18 de abril.

El pasado 4 de abril autoridades de Salud anunciaron la campaña de reclutamiento de 6,600 médicos y 12,300 enfermeras para combatir la pandemia.

Hace unos días, el diario Milenio señaló que la contratación de personal médico a cargo del Ejército se ha encontrado con una traba, ya que se está pidiendo la presentación de la carta de no antecedentes penales. Y es que además de que el requisito no figura en la lista emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), no hay forma de obtener el documento debido al cierre de oficinas gubernamentales.

“Hasta que llegamos aquí nos enteramos que la están pidiendo y ahorita que está todo cerrado, ¿de dónde se va a sacar? ¿Cuántas personas vienen a solicitar un empleo y por ese requisito mucha gente no se va a quedar?”, cuestionó Mercedes Herrera, enfermera retirada.

Fuente: Infobae

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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