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México

Jovencita sobrevivió a un intento de feminicidio en Puebla

Una joven de 17 años de edad que había sido reportada como desaparecida fue localizada la noche de este miércoles con signos de violación, golpeada, maniatada y con síntomas de hipotermia en un lote en la colonia Agua Santa, al sur de la capital de Puebla.

De acuerdo con sus familiares, la mañana del 26 de mayo, la menor de edad salió de su casa, en la colonia Guadalupe Hidalgo, tras recibir una llamada telefónica.

A través de redes sociales y en medios de comunicación locales, familiares de la víctima notificaron que ya fue detenido el exnovio de Michel, quien supuestamente la citó el día de su desaparición para regalarle unos zapatos, pero temen que pueda ser liberado porque la joven se encuentra en coma y no puede identificarlo como el responsable.

Según esta información, una amiga proporcionó un audio que le envió Michel por WhatsApp en el cual el exnovio le pedía que se vieran en la zona donde después fueron a buscar y la encontraron la noche de este 27, en la calle Pino Suárez y la 117 Poniente.

La joven estaba atada de pies y manos y en estado de salud crítico por los golpes y la presunta violación de la que fue víctima.

Personal del Sistema de Urgencias Médicas Avanzadas (SUMA) llegó al lugar para dar primeros auxilios a Michel, quien presentaba golpes en el tórax y síntomas de hipotermia, por lo que de inmediato fue trasladada al Hospital General del Sur donde se le reporta como grave.

En las redes sociales, grupos de activistas piden a las autoridades poblanas evitar la liberación del presunto responsable de este intento de feminicidio para que no pueda darse a la fuga.

Fuente: Proceso

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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