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México

La activista Susana Prieto lleva cinco días en prisión preventiva

“Claro que tengo miedo, claro que temo por mi seguridad”, decía hace apenas unas semanas la abogada laboralista Susana Prieto a este periódico. Estaba entonces enfundada en su equipo de protección contra el coronavirus a la puerta de una empresa en Ciudad Juárez, donde animaba a los trabajadores a exigir el cierre de la maquiladora y protegerse en sus casas, tal y como había decretado el Gobierno federal. Ahora duerme en una prisión de Ciudad Victoria (Tamaulipas) donde lleva detenida de forma preventiva desde el 8 de junio.

Se le acusa de motín, amenazas y delitos contra servidores públicos ocurridos el 10 de marzo. Ese día grabó con el celular uno de sus cientos de vídeos frente a la Junta de Conciliación y Arbitraje de Matamoros, donde participaba en una concentración de obreros. En esa misma localidad fue detenida el pasado lunes al salir de un restaurante con su hija y su marido. Apenas dos horas más tarde, la sacaron de la Procuraduría “como si fuera una delincuente peligrosa, con un gran despliegue policial y la trasladaron a Ciudad Victoria”, dice la portavoz de la familia, Alina Alvidrez. Ahí sigue encerrada, a casi 400 kilómetros de su casa. La familia teme por su salud y por su vida.

Susana Prieto también ha grabado su detención en el celular. Cientos de vídeos como ese permiten seguir al detalle la actividad diaria de esta abogada laboralista que ha dedicado 30 años a defender y reclamar derechos para los obreros del norte de México, en la frontera con Estados Unidos, una zona violenta salpicada de maquiladoras donde se producen piezas para las empresas estadounidenses y europeas con mano de obra barata y bocas en silencio. Prieto siempre ha hecho ruido, por eso su detención ha venido acompañada de numerosas muestras de rechazo de organizaciones de toda clase y mensajes desde Turquía, Brasil o España, a decir de Alvidrez.

El presidente Andrés Manuel López Obrador ha desvinculado esta detención del Gobierno Federal y del estadounidense y la atribuye exclusivamente al Estado de Tamaulipas. En su conferencia del viernes dijo que no “se pueden fabricar delitos a nadie” y anunció que ha dado instrucciones para que intervenga la Secretaria de Trabajo en busca de una conciliación. También la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) estará vigilante para “evitar arbitrariedades” en el proceso.

La primera arbitrariedad que detectan los abogados de Susana Prieto es que la activista esté en prisión preventiva cuando los delitos que se le atribuyen no son graves y han presentado los documentos que certifican su arraigo laboral y familiar en Matamoros. Sin embargo no han encontrado buena recepción ante la jueza Rosalía Goméz Guerra. “No hay ninguna intención de huir a ninguna parte, le hemos dado garantías de ello”, afirma Alvidrez.

La detención de la abogada coincidió el pasado lunes con la salida de uno de los turnos de trabajadores de las maquiladoras y de inmediato la noticia se extendió como la pólvora y hubo manifestaciones espontáneas de rechazo en las calles, zonas industriales y frente a la Procuraduría. “Para la familia fueron horas de tensión muy fuertes. Vieron como un despliegue policial la sacaba de allí pero nadie informó de dónde la llevaban. Por la noche nos enteramos por los medios de comunicación de que había sido trasladada a Ciudad Victoria bajo el argumento de medidas de seguridad”, sigue Alvidrez.

Susana Prieto, de 53 años, trabajó como maquiladora cuando era joven para pagarse los estudios de abogacía. Esa es la razón de que se haya dedicado a defender a estos obreros que no saben nada de sindicalismo, ni de derechos laborales. “Esto es el paraíso para las empresas”, decía hace unas semanas Prieto. Con la crisis del coronavirus, la activista redobló esfuerzos. Iba y venía de una empresa a otra arengando a los trabajadores para que solicitaran equipos de protección suficientes en las empresas esenciales y el cierre de aquellas que no lo eran. Algunas maquilas que no detuvieron sus máquinas iban echando el cierre a medida que se daban casos mortales. Prieto espantaba el miedo de los empleados con argumentos legales y les conminaba a unirse en acciones de protesta. Pero apenas encontraba eco en algunas mujeres más aguerridas que se negaban a trasladar el coronavirus de la empresa a casa en esos camiones donde iban apiñadas. “¡No sean pendejos, tienen la ley de su parte, no se crean las amenazas de la empresa, no pueden despedirlos, hay un decreto federal!”. Pero muchos sucumbía al temor y al hambre y entraban mansos a trabajar un día más o volvían a casa despedidos con unas cuantas monedas.

Prieto, madre de cinco hijos, es consciente de que su activismo puede ir quebrando poco a poco el paraíso laboral en el que se desenvuelven estas poderosas empresas, relacionadas con las nuevas tecnologías, el sector automovilístico o los electrodomésticos. Estados Unidos manda las piezas, los mexicanos las ensamblan y las devuelven a las cadenas de producción del otro lado de la frontera. Las empresas estadounidenses vienen presionando hace semanas para reanudar su actividad a pesar de que en México el riesgo de contagios estaba aún en sus máximos. La abogada es una piedra en el zapato, un incordio inesperado que despierta a los obreros. Viene sobrando. En este contexto económico hay que situar las palabras del presidente López Obrador cuando desmarcaba a Estados Unidos de este proceso.

Fuente: El País

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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