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México

Destituyen a funcionaria de Colima, tras llamar a homosexualidad ‘pecado detestable’

Esmeralda Cárdenas Sánchez, quien trabajaba como secretaria del Ayuntamiento de Colima, fue destituida del cargo tras publicar en sus redes sociales una cita bíblica que calificaba la homosexualidad como un “pecado detestable”.

Leoncio Alfonso Morán, alcalde de Colima, informó a través de su cuenta de Twitter que sostuvo una plática con Cárdenas Sánchez, después de la cual tomó la decisión de relevarla del cargo en el municipio.

“Le agradezco el profesionalismo y la dedicación que le distingue como una mujer dedicada al servicio de Colima y su gente”, escribió.

En días pasados, la exfuncionaria publicó en sus redes una imagen con el texto “No practiques la homosexualidad, al tener relaciones con un hombre como si fuera una mujer es un pecado detestable”.

Antes de ser secretaria del Ayuntamiento, Esmeralda Cárdenas se desempeñó como regidora en el municipio de Colima, entre 2015 y 2018.

También ha sido diputada local en Colima, de 2003 a 2006, y legisladora Federal de 2006 a 2009, por el Partido Acción Nacional.

Lee más: En 5 años solo 10% de los asesinatos de personas LGBT se han investigado como crímenes de odio

Entre 2015 y 2019, en el país se iniciaron 390 carpetas de investigación por delitos cometidos contra personas LGBTI, principalmente por discriminación (217), homicidios (100) y lesiones (52).

Las personas que más denunciaron sufrir discriminación fueron las que se identifican como bisexuales, seguidas de las personas transexuales, lesbianas y homosexuales.

Fuente: Animal Político

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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