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Chihuahua

Conoce las reformas a la Ley de Tránsito, peatones y ciclistas podrán ser multados

Durante la sesión desarrollada en el Congreso, se subirá al pleno las reformas que pudieran entrar en el nuevo reglamento del Sistema de Transporte Urbano, las cuales serían plantear multas a peatones y ciclistas que no respeten la ley.

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Durante la sesión desarrollada en el Congreso, se subirá al pleno las reformas que pudieran entrar en el nuevo reglamento del Sistema de Transporte Urbano, las cuales serían plantear multas a peatones y ciclistas que no respeten la ley.

Las infracciones van desde una amonestación pública hasta una multa a los peatones y ciclistas que sean sorprendidos sin acatar el reglamento de Vialidad.

Con anterioridad el mandatario Estatal, César Duarte envío al Congreso las reformas a distintos artículos de la Ley de Transporte y sus Vías de Comunicación, así como a la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua, con la finalidad que adaptarla para el funcionamiento del nuevo Sistema de Transporte Colectivo.

Algunas de las modificaciones son las siguientes:

• La Ley de Tránsito establecerá la preferencia de paso de los autobuses que circularán sobre el carril exclusivo, la preferencia a ciclistas, así como al traslado y seguridad de los peatones.

• Vialidad podrá sancionar a los peatones si no cumplen con la Ley de Vialidad.

o Los peatones deberán de transitar por las banquetas, pasos peatonales, semáforos, puentes y demás espacios públicos destinados para ello.

• Los carriles empleados para él Vive Bus, podrán ser empleados por ambulancias en caso de emergencia.

• Toda persona que obstruya el libre tránsito de personas y ponga en riesgo su seguridad, podrá ser sancionada por elementos de Vialidad.

• Todos aquellos municipios que cuenten con ciclo vías, los ciclistas deberán transitar por las mismas, en caso de no haber carril deberán de circular por su extrema derecha respetando toda señal de tránsito. De no hacerlo, también serán sancionados por Vialidad.

Hasta el momento se desconoce el costo que podrían llegar a tener las multas, sin embargo, las sanciones son las siguientes:

I.- Amonestación verbal o escrita.

II.- Multa.

III.- Suspensión de la licencia de conducir.

IV.- Cancelación de la licencia de conducir.

V.- Arresto hasta por treinta y seis horas.

VI.- Retención del vehículo automotor

VII.- Asistencia a institución pública, social o privada, dedicada a la prevención y tratamiento de adicciones para su deshabituación.

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Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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