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¿A cuánto está el dólar hoy?

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El precio del dólar hoy en México este miércoles 9 de agosto está valuado en 17,112 pesos, según lo publicado por el Diario Oficial de la Federación (DOF). En el Banco de México, el valor del dólar se reporta en 17,101 pesos a la venta tras el cierre de la jornada anterior.

¿Cuánto está el dólar hoy 9 de agosto en México?

Así las cosas, el precio del dólar hoy en México, miércoles 9 de agosto de 2023, cuenta con una valuación de 17,112 pesos mexicanos, en valoración del Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo es el cambio peso mexicano vs dólar hoy?

Este miércoles 9 de agosto, el cambio promedio del día es el siguiente:

1 dólar = 17,069 pesos mexicanos

Precio del dólar a la compra y venta en México el 9 de agosto

Comparativa de los precios del dólar en bancos y entidades del gobierno mexicano publicados hasta el martes 8 de agosto.

Afirme / compra en 16,20 pesos y en venta en 17,60 pesos.

Scotiabank / compra en 16,20 pesos y se vende en 17,80 pesos.

BBVA Bancomer / compra en 16,46 pesos y vende en 17,36 pesos.

Citibanamex / compra en 16,60 pesos y vende en 17,55 pesos.

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Avala Congreso Fortalecimiento Financiero para el Estado

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-Por tres mil millones de pesos que serán inversión pública productiva.

La 68 Legislatura de Chihuahua, por mayoría de votos autorizó al Poder Ejecutivo del Estado a realizar las operaciones de financiamiento establecidas hasta por los montos y conforme a los destinos, términos y condiciones previstos en el mismo, por la cantidad de $3,000,000,000.00 (Tres mil millones de pesos 00/100 Moneda Nacional), más los recursos necesarios para cubrir los costos y gastos relacionados con su implementación y más fondos de reserva.

Dicho monto habrá de ser destinado a inversión pública productiva particularmente en infraestructura carretera y en el desarrollo del Polo de Desarrollo para el Bienestar en San Jerónimo, así como el refinanciamiento de créditos de largo plazo, incluido un crédito con Banobras bajo el esquema de Bono Cupón Cero, y la contratación de instrumentos derivados para mitigar riesgos por incrementos en tasas de interés.

Fue la diputada Carla Rivas Martínez la encargada de presentar el dictamen de Decreto ante el Pleno Legislativo, quien refirió que la autorización se da una vez realizado el análisis del destino y la capacidad de pago del Estado de Chihuahua, así como el Techo de Financiamiento Neto que le corresponde y los recursos que fungirán como fuente de pago de dicho financiamiento.

En este sentido y una vez autorizado financiamiento, el Poder Ejecutivo Estatal, por conducto de la Secretaría de Hacienda, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, y hasta por los montos establecidos, podrán contratar financiamiento en una o varias etapas, según corresponda, para llevar a cabo las operaciones correspondientes.

Los recursos derivados del Financiamiento para Inversión Público Productiva (Financiamiento IPP) deberán ser destinados a financiar proyectos de inversión pública productiva destinados a:

-Construcción de obras para el abastecimiento de agua, gas, electricidad y telecomunicaciones.
-Construcción de vías de comunicación.
-División de terrenos y construcción de obras de urbanización.
-Edificación no habitacional.
-Instalación y equipamiento en construcciones.
-Equipos de generación eléctrica, aparatos y accesorios eléctricos.
-Infraestructura y equipamiento en seguridad pública y de justicia.
-Infraestructura y equipamiento en el sector salud.
-Infraestructura y equipamiento para el desarrollo de actividades primarias, incluyendo, pero no limitando, pesca, agricultura y ganadería.

En los artículos transitorios del decreto de autorización, se planteó que el detalle de los proyectos de inversión público productiva a desarrollarse deberá estar descrito en los contratos a través de los cuales se implemente el Financiamiento IPP.

Cabe destacar que se aprobó la reserva del diputado Jorge Soto Prieto, en la que se señaló que los instrumentos derivados, al igual que los financiamientos, tienen que ser registrados ante la Unidad de Coordinación con las Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como lo marca la regulación federal. Para cumplir con la norma, la autorización de este Congreso debe contener específicamente la clave de registro de los créditos a los cuales se les contratará un instrumento derivado tal y como lo marca el Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.

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