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Fiscalía abrirá de nuevo el caso de Arzate

La Fiscalía General del Estado abrirá un nuevo proceso penal y solicitará una orden de aprehensión en contra de Israel Arzate Meléndez, por su presunta participación en la masacre de Villas de Salvárcar, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le otorgó el amparo sólo contra la vinculación a proceso.

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La Fiscalía General del Estado abrirá un nuevo proceso penal y solicitará una orden de aprehensión en contra de Israel Arzate Meléndez, por su presunta participación en la masacre de Villas de Salvárcar, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le otorgó el amparo sólo contra la vinculación a proceso.

Los ministros validaron que hubo tortura para que Israel Arzate se autoculpara, pero éste no ha sido sentenciado ni absuelto por la Corte, explicó ayer el fiscal general del Estado, Jorge Enrique González Nicolás.

Dijo que una vez que conozcan los resolutivos del fallo de la SCJN, es decir, sus argumentos legales para otorgar el amparo, valorarán los nuevos elementos de peso para presentarlos e iniciar otra vez el proceso.

El fiscal explicó que tienen elementos para proceder porque la ley les permite formular de nuevo la imputación y solicitar una orden de aprehensión contra Arzate por homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa, o bien, para que por lo menos comparezca ante el juez y reiniciar el procedimiento con esos nuevos elementos.

González Nicolás habló ayer, a unas horas de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenara la liberación inmediata de Israel Arzate Meléndez, quien estaba bajo arraigo domiciliario.

La Corte declaró como una “prueba ilícita” la argumentación de la Fiscalía General del Estado y ordenó liberar al acusado de participar en la masacre de 15 jóvenes en un domicilio de Villas de Salvárcar el 30 de enero de 2010. Anoche, dicha orden se cumplimentó en la casa ubicada en la calle Plaza del Campidoglio de la colonia Roma Poniente y Arzate Meléndez fue liberado y trasladado al Distrito Federal.

Carlos González Estrada, vocero de la FGE, explicó que el acto de tortura lo cometieron los militares desde el momento del arresto de Arzate Meléndez en febrero de 2010 y la Fiscalía lo recibió golpeado.

Explicó que debido a que la defensa de Arzate promovió amparos contra la vinculación a proceso y el procedimiento concluyó con el fallo de la SCJN, la Fiscalía nunca pudo desahogar las pruebas que tiene que demuestran, presuntamente, su culpabilidad en el multihomicidio.

Entre esas pruebas, dijo, se encuentra el video de una audiencia en la que una de las víctimas señala a Israel como la persona que disparó contra ella, así como números telefónicos de los otros implicados que tenía Arzate en su poder.

El fiscal González Nicolás, quien el martes dijo que se respetaría la decisión de la SCJN, recordó que hasta ahora hay cuatro coinculpados en la masacre y tres de los testigos protegidos que tiene la Fiscalía señalaron a Arzate, de frente a él, como uno de los responsables.

Por el multihomicidio de Villas de Salvárcar un tribunal oral sentenció a 240 años a José Dolores Arroyo Chavarría, Juan Alfredo Soto Arias, Heriberto Martínez y Aldo Favio Hernández, cuya condena fue ratificada por un tribunal de segunda instancia luego de que fue apelada.

El fiscal dijo que los cuatro fueron llevados a juicio con las mismas pruebas que Arzate.

“Más allá de que haya habido tortura, que se decretó y se estableció que fue por elementos del Ejército Mexicano quienes realizaron la detención y posiblemente hubieran hecho esa tortura, yo creo que la investigación ha sido impecable por parte de la Fiscalía”, sostuvo.

Arzate partió el mismo miércoles al Distrito Federal para reunirse con su madre, quien estuvo presente ayer en la Corte cuando resolvió a su favor.

Fuente: El Diario de Chihuahua.

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Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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