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Chihuahua

Acumulan Chihuahua y Juárez cerca de 50 mil casas abandonadas

Durante casi 18 años, Chihuahua ha acumulado cerca de 50 mil viviendas abandonadas. Esta cifra fue emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Al respecto, Ricardo Yáñez, director de la Comisión Estatal de Vivienda, abundó que desde 1995 se han construido 341 mil 330 casas de tipo económica, de las cuales hay 49 mil 06 casas vacías, de las cuales 24 mil 688 están dañadas a causa de los vándalos de la zona.

Cerca del 90 por ciento del problema de viviendas abandonadas se concentra en los municipios de Juárez y Chihuahua, el 74 por ciento en Ciudad Juárez; en tanto que en Chihuahua son alrededor de nueve mil, y lo demás está distribuido en el resto de la entidad, precisó.

Ciudad Juárez es donde este problema se encuentra más grave, parte de ello ocurrió a los altos índices de violencia e inseguridad que se registraron en la ciudad.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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