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Agentes del Ministerio Público podrán intervenir celulares para localizar personas

Las comisiones unidas de Justicia y Puntos Legislativos del Senado aprobaron por unanimidad el dictamen con el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales que será aplicado en todo el país para los delitos que sean competencia de los órganos jurisdiccionales federales y locales.

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Las comisiones unidas de Justicia y Puntos Legislativos del Senado aprobaron por unanimidad el dictamen con el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales que será aplicado en todo el país para los delitos que sean competencia de los órganos jurisdiccionales federales y locales.

Este nuevo esquema establece diversas disposiciones que incluyen la localización geográfica de cualquier persona en tiempo real sin la necesidad de que un juez otorgue una orden o permiso.

La aprobación de este código se da pese a que diversas organizaciones alertaron que darle “luz verde” significaba un retroceso con respecto a los códigos federal y locales anteriores, “especialmente en lo que respecta a la eliminación de la necesidad de que el Ministerio Público justifique las solicitudes de intervención de comunicaciones privadas en atención al principio de causa probable”, señalan las organizaciones que enviaron sus observaciones al Senado.

Para ello las empresas, concesionarios y permisionarios deberán de cooperar con las autoridades para no ser sancionadas y “contar con la capacidad técnica indispensable que atienda las exigencias requeridas por la autoridad judicial”.

De acuerdo con distintas organizaciones, el código aprobado contiene disposiciones que vulneran los derechos humanos: “las graves omisiones del código ponen en riesgo la privacidad y seguridad de la ciudadanía al otorgar poderes severamente invasivos, que además por su naturaleza secreta conllevan un gran riesgo de abuso, el cual no es mitigado con la adopción de salvaguardas adecuadas. Por lo tanto se concluye que no cumple con las obligaciones constitucionales y convencionales en materia de derechos humanos, en particular, el derecho a la privacidad”.

Organizaciones como Access, Alconsumidor A.C, Article 19, oficina para México y Centroamérica, Colaborativo México, ContingenteMX, Electronic Frontier Foundation, Propuesta Cívica A.C, SocialTIC y Son Tus Datos, enviaron incluso al Senado diversas misivas para que tomaran en cuenta su punto de vista.

Estas organizaciones solicitaron que al Código Nacional de Procedimientos Penales se incorporaran los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones.

Sin embargo, el nuevo código no tiene estos elementos, según las organizaciones civiles:

El principio de la Autorización Judicial: la intervención de comunicaciones privadas, la retención de datos y la localización geográfica, en tiempo real, de equipos de comunicación móvil, deben contar con autorización de un juez federal.

La Causa Probable: para que la intervención de comunicaciones privadas pueda ser autorizada, debe establecerse su estricta necesidad y proporcionalidad. Para ello debe verificarse la existencia de datos que establezcan un alto grado de probabilidad de que el imputado ha cometido o participado en un hecho delictivo.

La Supervisión Independiente: Debe establecerse un mecanismo independiente de supervisión para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas de la vigilancia de las comunicaciones.

Ahora y una vez que se apruebe en el Pleno y sea puesto en vigencia este código y en caso de que exista una denuncia o una querella, no sólo un procurador, sino también un policía o ministerio público, podrán solicitar a las empresas dedicadas a los servicios telefónicos o de internet que proporcione la localización de una o más personas, sean inculpadas o no, y que por tanto estarán sujetas a una medida de monitoreo y localización en tiempo real.

Es de resaltar que en esta medida, el procurador o servidores públicos responsables están eximidos de presentar un informe o rendición de cuentas del monitoreo hecho ante el juez que lleve la causa penal.

Otro de los aspectos que se puede observar en este artículo es que mediante el monitoreo en tiempo real, la autoridad responsable puede exigir a estas compañías guardar la información contenida en redes o en los propios equipos para poder ser consultadas sin la necesidad de exigir una intervención telefónica.

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México

México y Estados Unidos refuerzan cooperación contra tráfico de armas y robo de combustible

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México y Estados Unidos acordaron profundizar y agilizar el intercambio de información en materia de tráfico de armas, así como fortalecer la cooperación para combatir el robo de combustible y otros delitos transnacionales, tras la segunda reunión del Grupo de Implementación en Seguridad México-Estados Unidos.

La Secretaría de Relaciones Exteriores informó que el encuentro se realizó el pasado 11 de diciembre como parte del seguimiento al Programa de Cooperación sobre Seguridad Fronteriza y Aplicación de la Ley, mecanismo acordado por ambos países para atender de manera coordinada temas prioritarios en materia de seguridad. En la reunión participaron el encargado de despacho de la cancillería mexicana, Roberto Velasco, y el embajador de Estados Unidos en México, Ronald Johnson, junto con funcionarios de ambos gobiernos.

Durante la sesión se revisaron los avances alcanzados desde la reunión previa celebrada en McAllen, Texas, donde se había puesto énfasis en el combate al tráfico de armas. En esta ocasión, además, se analizaron desafíos emergentes para la seguridad regional, particularmente el uso de drones por parte de organizaciones criminales.

Como parte de los acuerdos, ambas naciones determinaron dar continuidad a las acciones de incautación de armamento y municiones, así como reforzar el intercambio de información para identificar y desarticular redes dedicadas al tráfico ilegal de armas. También se estableció fortalecer la cooperación en materia de extradiciones y las investigaciones relacionadas con el robo de combustibles, con el objetivo de maximizar el impacto de las acciones coordinadas antes de la próxima reunión, prevista para enero de 2026.

La SRE precisó que durante el encuentro se reiteró que la cooperación bilateral en seguridad se rige por los principios de respeto a la soberanía y a la integridad territorial de ambos países, bajo un enfoque de responsabilidad compartida y sin subordinación. Indicó que el intercambio de información, la coordinación operativa y el diálogo permanente deben traducirse en mejores condiciones de seguridad para las poblaciones de México y Estados Unidos.

Por su parte, el Departamento de Estado de Estados Unidos señaló que, como parte de esta cooperación, se han emprendido acciones contra instituciones financieras y personas involucradas en la fabricación, distribución y venta de fentanilo y precursores químicos. Asimismo, informó que ambos países se comprometieron a acelerar los esfuerzos conjuntos para desmantelar cárteles y grupos delictivos, interrumpir fuentes de ingresos ilícitos y contrarrestar amenazas emergentes, incluido el uso de drones en la frontera.

Las autoridades de ambos países confirmaron que continuarán los trabajos bilaterales y que el diálogo en materia de seguridad se mantendrá de forma permanente.

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