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Chihuahua

Aprovecha el de descuento de placas

 

Con el fin de que ningún ciudadano se quede sin aprovechar el descuento de 600 pesos en el canje de placas la Secretaría de Hacienda informó que se dará un día más de plazo para el pago de los derechos vehiculares, por lo cual el 1 de abril será el último día en que se podrá acceder al descuento.
El Secretario de Hacienda, José Luis García Mayagoitia, indicó que durante el mes de marzo concluye el descuento en el canje de las placas, por lo cual invitó a la ciudadanía a acudir a pagar a las oficinas de Recaudación de Rentas, mismas que permanecerán abiertas los días 30 y 31 de marzo.

Además se dará un día más de plazo, por lo cual el 1 de abril también se podrán pagar las placas y aprovechar el descuento, sin embargo a partir del 2 de abril el costo en el canje de placas se incrementará 600 pesos más.

“Vamos a abrir todas las recaudaciones para que aprovechen el replaqueo y el descuento que existe, en Ciudad Juárez ya pagaron más del 40 por ciento de los ciudadanos y en la ciudad de Chihuahua se encuentran arriba del 55 por ciento y se espera superar el 65 por ciento al final del mes”, explicó García Mayagoitia.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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