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Chihuahua

Asiste a las fiestas patronales de San José de Satevo

Con la colaboración de el Comité Organizador de las Fiestas Patronales de San José del Sitio, la Primaria CREI «Leonor Hernandez de Ornelas», Secundaria Estatal 6108 y Telebachillerato 86124 y Gobierno del Estado  a través del el Instituto Chihuahuense de la Cultura,

Se invita a toda la comunidad a asistir y disfrutar de


El Festival Cultural por Fiestas Patronales de San José del Sitio en el municipio de Satevo.
Fecha: Del sábado 17 al lunes 19 de Marzo del  2012
Lugar: Plaza Principal de San José del Sitio, Mpio. de Satevo
Programa Cultural.
SABADO 17 DE MARZO DE 2012

18:00 HRS. LA OBRA DE  TEATRO «MONÓLOGOS PARA SOLAZAR LA NOCHE» DIRECCIÓN: LUIS BIZARRO
19:00 HRS. PRESENTACIÓN MUSICAL DE POLO MONTAÑEZ
DOMINGO 18 DE MARZO DE 2012
18:00 HRS. PRESENTACIÓN DEL GRUPO DE DANZA «AZTECA»
19:00 HRS. PRESENTACIÓN DEL GRUPO DE DANZA DE TRABAJO SOCIAL
LUNES 19 DE MARZO DE 2012
10:00 HRS. PRESENTACIÓN DE MATACHINES
12:00 HRS. MISA
18:00 HRS. PRESENTACIÓN MUSICAL DEL TRIO «PAISAJES DE CHIHUAHUA»
Para mayores  informes al teléfono (649)1066939 con el Comité Organizador de las Fiestas Patronales de San José del Sitio.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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