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Chihuahua

Aumenta herpes labial durante el verano

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informa que el herpes labial, más conocido como fuego, es una infección de fácil contagio que requiere ser atendida profesionalmente en las primeras 48 horas de su manifestación y no automedicarse o usar remedios caseros; estos suelen brotar con mayor frecuencia durante temporadas de calor, ya que una exposición intensa a los rayos solares es factor determinante para la aparición de las lesiones.

Los principales síntomas cuando el herpes labial se manifiesta por primera vez, son fiebre y malestar, posteriormente aparece una pequeña lesión de color rojizo que ocasiona dolor, picazón y la sensación de quemazón, por lo que le da el nombre popular de “fuego”; esta evoluciona dando paso a pequeñas vejigas con líquido que después se secarán, formarán costra y se caerán, proceso que puede durar de 7 a 15 días.

Especialistas del Instituto comentan que no solo se presentan en el labio, sino hay ocasiones que los fuegos brotan en las encías, el paladar, la lengua e incluso la faringe, causando, entre otros síntomas, comezón, irritación, aumento de la sensibilidad en la zona afectada y dolor al deglutir, sean alimentos o sólidos.

A su vez, advirtieron que no deben reventarse las ampollas ni arrancarse las costras, porque la infección podría extenderse a zonas aledañas; además, el área afectada debe mantenerse limpia y seca.

El tratamiento que el IMSS utiliza en estos casos es sintomático; es decir, se emplean analgésicos, antipiréticos y antiinflamatorios, en las primeras 48 horas de la manifestación es posible recetar medicamentos antivirales para disminuir la intensidad de los síntomas.

Subrayaron la importancia de no automedicarse y mucho menos recurrir a los remedios populares como colocarse hielo, bicarbonato o pasta dental, así como cataplasmas, pues podrían extenderse o complicar la lesión, retardando el tiempo de cicatrización.

En ocasiones se manifiesta después de un episodios de fiebre alta, estrés emocional o esfuerzo físico, todo está relacionado a una baja de defensas del sistema inmunológico; por esta causa, algunas mujeres los padecen durante los periodos menstruales y el embarazo; también se le ha relacionado con el consumo excesivo de alcohol.

Para su prevención, los especialistas del IMSS recomiendan no besar a la persona contagiada, no compartir objetos personales como pañuelos, toallas, vasos o cubiertos, ni usar cosméticos como labiales; evitar la exposición solar si no se cuenta con la protección adecuada y controlar el estrés.

El cuidado personal puede ayudar a defenderse del virus, una buena higiene, descanso, ejercicio y el aumento de la ingesta de frutas frescas y vegetales contribuirán también a fortalecer el sistema inmunológico.

El Instituto exhorta a todos sus derechohabientes a que en caso de presentar algún síntoma de los antes mencionados, acudir de inmediato a su Unidad de Medicina Familiar para recibir el tratamiento adecuado y poder liberarse de este herpes lo más pronto posible.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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