El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de la delegación Chihuahua, a través de la jefatura de Prestaciones Económicas y Sociales da a conocer que la Institución brinda a los trabajadores asegurados y pensionados ayuda para gastos de funeral y para los trámites de gastos de matrimonio.
En cuanto a la ayuda para gastos de funeral, se brinda la cantidad de 3 mil quinientos ochenta y nueve pesos con veinte centavos, la cual se otorga a la persona, preferentemente familiar, de un pensionado o asegurado fallecido.
Los requisitos para obtener ayuda de gasto funeral son, para asegurados:
* Que el asegurado fallecido tenga reconocidas 12 semanas cotizadas en el seguro de enfermedades y maternidad en los 9 meses anteriores al fallecimiento
* Si el fallecimiento fue derivado de un riesgo de trabajo, no se requieren semanas de cotización
* Que el asegurado se encuentre VIGENTE como cotizante al momento del fallecimiento
Para Pensionados:
* Que el pensionado fallecido, estuviese vigente al momento del fallecimiento
La documentación a presentar son:
* Identificación oficial de la persona que cobra la ayuda (credencial ADIMSS, credencial del IFE, cédula profesional o pasaporte)
* Documento que contenga el Número de Seguridad Social del Asegurado fallecido
* Original y copia del acta de defunción
* Original y copia de la factura de los gastos del funeral
* Si es asegurado, cuando el fallecimiento fue por riesgo de trabajo el aviso de atención médica inicial y la calificación del probable accidente de trabajo, denominado ST-7 y expedido por el Seguro Social
Es importante señalar que los documentos presentados en original sólo son para cotejar la copia, mismos que serán devueltos en el momento de presentarlos; cabe resaltar que el derecho a reclamar el pago de la ayuda para gastos de funeral vence al año; esto es a partir de la fecha de la defunción del asegurado o pensionado.
En cuanto al trámite de ayuda para gastos de matrimonio la cantidad a pagar es de treinta días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a la fecha de celebración del matrimonio.
Los requisitos y documentación también se deben de presentar al área de prestaciones económicas en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) de adscripción son:
* Tener ciento cincuenta semanas cotizadas en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez a la fecha de celebración del matrimonio
* No haber recibido la ayuda anteriormente
* Haber contraído matrimonio civil estando vigente en su calidad de asegurado, o dentro de los noventa días hábiles posteriores a la fecha de baja presentada ante el IMSS
* Identificación oficial (credencial ADIMSS, IFE, cédula profesional o pasaporte)
* Original y copia certificada del acta de matrimonio
* Documento que contenga el Número de Seguridad Social
* Documento de la AFORE a la que se está inscrito
Al momento de entregar esta papelería se le da un formato que debe llevar a su AFORE y éste se encarga de la realización del pago.
La resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio será entregada por el IMSS, con una vigencia de sesenta días naturales para realizar el cobro. Esta ayuda se financia con recurso de su cuenta individual, sin descontar semanas cotizadas y podrán hacer el trámite siempre y cuando el matrimonio civil se haya celebrado a partir del 1 de julio del 1997.
Los trámites son de manera gratuita con un horario de atención de 8 a 15 horas de lunes a viernes.
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