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México

Captan extraña luz sobre el Volcán Popocatépetl

El objeto logró mantenerse en movimiento sobre él volcán aproximadamente un minuto y algunos segundos.

Puebla.- ¿Fue un avión o una nave? Un objeto no identificado fue avistado sobre el Volcán Popocatépetl la noche del pasado sábado.

El Popocatépetl, uno de los volcanes más activos de México, se monitorea constantemente las 24 horas debido a su proximidad con numerosas localidades en los estados de Puebla, Morelos y Estado de México.

La organización Webcams de México, encargada de su vigilancia, capturó un objeto que generó gran interés.
El video, que mostraba un objeto extraño desplazándose sobre el volcán, fue difundido a través de sus redes sociales, específicamente en su cuenta de X, previamente conocida como Twitter.

El suceso ocurrió el sábado pasado a las 22:36 horas, y el objeto logró mantenerse en movimiento sobre él durante aproximadamente un minuto y algunos segundos.

El presunto objeto luminoso se alejó en dirección opuesta al volcán Popocatépetl y continuó ascendiendo hasta desaparecer por completo de la imagen.

Numerosos internautas se cuestionan qué fue lo que la cámara logró captar sobre el volcán. Muchos sugieren que podría tratarse de un avión, mientras que otros mencionan la posibilidad de otro tipo de objeto.

¿Qué pasaría si el volcán Popocatépetl hace erupción?

En caso de que este desastre natural se haga realidad, una de las primeras cosas que sucedería sería la generación de una capa de ceniza que tendría hasta 30 centímetros de espesor que podría afectar a niños, adultos mayores y personas con problemas respiratorios.

Durante la temporada de lluvias, la mezcla de la ceniza volcánica con el agua puede obstruir los drenajes o incluso causar el colapso de algunos hogares, dado que esta combinación adquiere una consistencia similar a la del cemento.

Además, ante las altas temperaturas en las que se encuentran los materiales que expulsa, podría provocar incendios si alcanza zonas con pastizales, y el de domicilios aledaños a la zona.

México

SCJN impide a Lenia Batres votar en amparo de Salinas Pliego por publicaciones en X

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad, que la ministra Lenia Batres Guadarrama está impedida para participar en la resolución del amparo en revisión 492/2023, promovido por el empresario Ricardo Salinas Pliego.

La decisión se basa en publicaciones previas de Batres en redes sociales, que evidencian una postura negativa hacia el empresario, lo que, según la Corte, compromete la imparcialidad del proceso.

¿Qué significa esta decisión?

Cuando un juez o ministro participa en un juicio, se espera que lo haga de manera neutral, sin prejuicios en favor o en contra de ninguna de las partes. Si hay evidencia de que una de las partes puede no recibir un trato justo, se puede solicitar que dicho juzgador sea retirado del caso.

En términos legales, esto se llama “impedimento” y busca garantizar la imparcialidad en la justicia.

En este caso, Salinas Pliego promovió un amparo para impugnar la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de revisar su información bancaria sin una orden judicial. La ministra Batres había sido designada para revisar el caso, pero su imparcialidad fue cuestionada debido a comentarios previos en redes sociales donde criticaba públicamente al empresario y a sus empresas.

Las publicaciones que motivaron el impedimento

El comunicado de la SCJN citó varios mensajes de Batres en la plataforma X (antes Twitter), en los que se refirió a Salinas Pliego con términos despectivos y lo acusó de diversas prácticas irregulares. Algunas de las publicaciones destacadas incluyen:

  • En 2020, Batres señaló: “Salinas Pliego no atenta contra el gobierno, atenta contra la vida de los mexicanos. Exijo el retiro de la concesión a TV Azteca, URGENTE”.
  • En otra ocasión, mencionó: “¿Vale como disculpa pública? Ahora que Salinas Pliego pague los impuestos que debe al país y estamos a mano”.
  • También lo llamó “MISERABLE MISERABLE MISERABLE” en referencia a su actitud empresarial.

Estas expresiones fueron consideradas por la Segunda Sala como evidencia de “enemistad manifiesta”, un criterio legal que justifica el impedimento de un juez o ministra en un caso donde se pueda presumir parcialidad.

El principio de imparcialidad en la justicia

El artículo 17 de la Constitución mexicana establece que toda persona tiene derecho a un juicio imparcial. Esto significa que quienes administran justicia deben actuar sin prejuicios, garantizando que las decisiones judiciales se basen en los hechos y la ley, no en opiniones personales o conflictos previos.

La decisión de la SCJN refuerza este principio,asegurando que el caso de Salinas Pliego sea evaluado por un juez que no tenga antecedentes de opiniones públicas en su contra. Ahora, el caso deberá ser reasignado a otro ministro que pueda analizarlo sin estos cuestionamientos.

¿Qué sigue en el caso de Salinas Pliego?

Con la salida de Batres del caso, la SCJN deberá designar a otro ministro para revisar el amparo en revisión 492/2023. Este recurso es clave en la disputa entre el empresario y la UIF, ya que podría sentar un precedente sobre los alcances del acceso a información financiera sin orden judicial.

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