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Chihuahua

Conoce el gabinete del próximo alcalde Marco Bonilla

El presidente municipal electo de Chihuahua, Marco Bonilla Mendoza anunció los nombres de las mujeres y hombres que integrarán su futuro gabinete municipal.

Los nombramientos fueron:

Presidenta del DIF Municipal: Karina Olivas

Director General del DIF Municipal: Mario García Jiménez

Oficialía Mayor: Marcela Piedra

Coordinador de Gabinete: Arturo García Portillo

Tesorería: Amanda Córdova

Secretario del Ayuntamiento: Santiago de la Peña

Dirección de Planeación e Innovación: Verónica Rodulfo

Instituto Municipal de Pensiones: Juan Antonio González Villaseñor

Órgano Interno de Control: Mariana Lachica

Dirección de Servicios Públicos Municipales: Federico Muruato

Dirección de Desarrollo Urbano: Adriana Díaz Negrete

Dirección de Desarrollo Económico y Competitividad: José Jordán

Dirección Desarrollo Humano: Mónica Herrera

Dirección de Desarrollo Rural: Armando Gutiérrez

Jefa del Despacho del Alcalde: Ana Lucía Herrera

Dirección de Mantenimiento Urbano: Fernando Coraza

Instituto de Cultura del Municipio: Fernanda Bencomo

Dirección de Obras Públicas: Rodolfo Armendáriz

Instituto Municipal de la Salud: Rosa María Hernández

Coordinación de Comunicación Social: Jorge Franco Márquez

Instituto Municipal de las Mujeres: Alicia Terrazas

Coordinación de Relaciones Públicas: Orlando Villalobos

Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte: José Abdo

Consejo de Urbanización Municipal: Carlos Rivas

Coordinación de Transparencia y Gobierno Abierto: Carmen Hidalgo

Dirección de Seguridad Pública Municipal: se dará a conocer en próximos días tras una terna que el alcalde presentará.

Bonilla Mendoza, dijo que para integrar su equipo tomó en cuenta la juventud con experiencia a fin de evitar curvas de aprendizaje

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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