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Chihuahua

Conoce las reglas para cruzar la frontera; pondrán alfombra roja en outlets

El próximo lunes 8 de noviembre reabren la frontera de Estados Unidos para cruces no esenciales vía terrestre o marítima, y se emiten nuevos requisitos para los viajeros. Habrá un evento especial por la reapertura de los outlets El Paso con un concierto en vivo y varios descuentos en tiendas.

Caleb Ordoñez Talavera 

Por primera vez desde marzo de 2020, los viajeros no ciudadanos podrán ingresar a los Estados Unidos a través de una frontera terrestre o una terminalmarítima por una razón no esencial, es decir turismo.

Un dato interesante es que las grandes sucursales de marcas de ropa y accesorios de precios bajos llamados “outlets” hicieron una gran remodelación en El Paso Texas para recibir, incluso con una alfombra roja a los compradores provenientes del Estado de Chihuahua que comúnmente acudían a dichas tiendas.

Pero siempre que estén completamente vacunados y puedan presentar prueba de vacunación contra el Covid-19, informó el Departamento de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP, por sus siglas en inglés).

No vacunados sí pueden cruzar por ahora

Los viajeros no vacunados pueden, por ahora, continuar cruzando la frontera para viajes esenciales, incluido el comercio legal, la respuesta de emergencia y con fines de salud pública.

Pero a partir de enero de 2022 todos los viajeros no ciudadanos deberá presentar comprobante de vacunación contra el Covid-19, que cumpla con los lineamientos de los Centros de Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).

Requisitos para cruzar a Estados Unidos:

A medida que los viajes comiencen a reanudarse, se espera que aumenten los volúmenes de viajes y los tiempos de espera.

Los recursos a continuación están destinados a preparar a los viajeros y equiparlos con la información que necesitan para mejorar su experiencia de viajetransfronterizo.

Te puede interesar: Reglas para cruzar la frontera

  • Los viajeros deben planificar tiempos de espera más largos de lo normal y largas filas en los cruces fronterizos terrestres de los Estados Unidos; al planificar su viaje y se les recuerda que tengan paciencia.
  • Para ayudar a reducir los tiempos de espera y las largas filas, los viajeros pueden aprovechar la tecnología como la biometría facial y la aplicación móvil CBP OneTM, que sirve como un portal único para que las personas accedan a las aplicaciones y servicios móviles de CBP.
  • A los viajeros no ciudadanos completamente vacunados con la documentación adecuada se les permitirá ingresar a los EstadosUnidos para viajes no esenciales a partir del 8 de noviembre de 2021.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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