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México

Desfilarán 2 mil caballos de Sedena en aniversario de la Revolución

Más de 2 mil caballos desfilarán y realizarán exhibiciones en la Ciudad de México el próximo 20 de noviembre, en un festejo inédito por el 109 Aniversario de la Revolución Mexicana, informó el teniente coronel de Caballería, Osvaldo Amatitla.

El segundo comandante del Criadero Militar de Ganado de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), ubicado en Santa Gertrudis, Chihuahua, supervisó este miércoles la llegada de 102 ejemplares al Campo Militar número 1.
Este desfile del 20 de noviembre que va a ser totalmente diferente, no va a ser deportivo, va a ser un desfile histórico en donde van a participar elementos de agrupamientos históricos, va a ser una exhibición de acrobacia ecuestre e igualmente va a haber una escenificación histórica”, explicó el mando militar.

Una caravana de ocho tráileres especiales para el traslado de los equinos realizó un viaje sin escalas, de 18 horas, desde Santa Gertrudis, hasta el punto conocido como “Hoyo del Saber”, un terreno amplio para entrenamiento del Campo Militar número 1.

Es un viaje muy pesado para los animales, así como para las personas, es un viaje estresante, porque son 18 horas en donde no pararon los vehículos, los conductores se relevaban, eran dos por vehículo”, explicó el teniente coronel.

Para el viaje fueron asistidos por veterinarios y los caballos fueron sometidos a una dieta especial, por lo que, a su llegada, aproximadamente a las 11:00 horas del miércoles, sus jinetes iniciaron los trabajos para la recuperación y aclimatación.

Uno a uno fueron descendiendo los semovientes de las cajas de tráiler, para comenzar a dar vueltas en carrusel en el terreno de entrenamiento, para luego ser hidratados y comenzar a recibir alimento, además de ser cepillados para ir reduciendo el estrés del viaje.

Vamos a empezar nuevamente a darle su alimento, un complemento alimenticio para que se fortalezcan, para otra vez vuelvan a subir de carnes y empiecen a aclimatarse”, explicó el teniente coronel.

El Criadero Militar de Ganado de Santa Gertrudis, en donde trabajan 460 elementos de la Sedena, actualmente cuenta con 2 mil 700 caballos, además de otras especies, como reses, búfalo americano, siervos y borrego cimarrón.

En sus instalaciones se está criando la especie Santa Gertrudis, diseñada por especialistas de la Sedena, y se trabaja para su registro internacional.

Es una raza resistente al clima, es una raza muy especial que tiene condiciones para soportar las inclemencias, el terreno, es dócil, tiene muchas características especiales esta raza”, comentó el teniente coronel Amatitla.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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