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Entrega FBI reconocimiento al grupo antisecuestros de Chihuahua

El Director General del FBI, Robert S. Mueller, entregó la semana pasada un reconocimiento a la Unidad Antisecuestros de la Fiscalía General del Estado por su desempeño y alto nivel de colaboración con las agencias de seguridad norteamericanas.

El Director General del FBI, Robert S. Mueller, entregó la semana pasada un reconocimiento a la Unidad Antisecuestros de la Fiscalía General del Estado por su desempeño y alto nivel de colaboración con las agencias de seguridad norteamericanas.

La entrega del documento se llevó al cabo el pasado jueves en las oficinas del Buró Federal de Investigaciones en El Paso,Texas.

Esto tras una reunión de trabajo en la que estuvo presente el titular de la Unidad Modelo de Atención al Secuestro de la Fiscalía General del Estado.

El documento establece que el FBI, agencia dependiente del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, reconoce al grupo antisecuestros de Chihuahua por su magnífica cooperación en el desarrollo de esfuerzos mutuos contra los peligros que representa el crimen a escala internacional.

Luego señala que desde que la actividad criminal ha cruzado algunas fronteras, las agencias encargadas de aplicar la ley alrededor del mundo han desarrollado niveles sin precedentes de cooperación y “ustedes han sido un instrumento para fomentar esos esfuerzos y el FBI está agradecido por su desinteresada contribución.”

Cabe hacer mención que tres años, agentes Antisecuestros de la Fiscalía General del Estado capturaron a 425 plagiarios que integraban 97 bandas criminales.

Del total, 195 ya fueron sentenciados con penas que van de los 20 a 60 años de prisión y otros 55 condenados a prisión vitalicia.

Redacción: Corina Muruato

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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