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Establece DEA línea para denunciar al «Chapo»

WASHINGTON, DC.- La Agencia Antidrogas (DEA) anunció ayer una línea de denuncia telefónica gratuita donde el público en general en Estados Unidos, México, Centro y Sudamérica podrán reportar cualquier información que lleve a la captura del líder del cártel de Sinaloa Joaquín «el Chapo» Guzmán Loera, quien escapó de una prisión mexicana en el mes de julio.

Lo anterior fue difundido por la embajada de los Estados Unidos, mediante el consulado americano con sede en Ciudad Juárez.

La línea de denuncia será administrada por la división de la DEA en San Diego. Además de la línea telefónica, el público puede denunciar a través del correo electrónico chapotips@usdoj.gov. Aunado al lanzamiento de la línea de denuncia, la DEA también ha emitido un poster de «se busca» que contiene el número, el correo electrónico, así como detalles sobre la recompensa de 5 millones de dólares que ofrece el Departamento de Estado de Estados Unidos por información que lleve al arresto de Guzmán.

«Joaquín ‘El Chapo’ Guzmán Loera ha destruido vidas y comunidades en todo Estados Unidos y México, y su captura es una alta prioridad para la DEA», dijo el administrador en funciones, Chuck Rosenberg. «Su fuga representa un peligro para la seguridad de nuestros dos países. La DEA continuará trabajando estrechamente con nuestros colegas mexicanos y ofrecerá la mayor cantidad de recursos posible para garantizar su captura».

El número telefónico de la línea de denuncia en los Estados Unidos es: (844) 692-4101; y desde el extranjero: 001-844-692-4101.

Guzmán Loera fue arrestado el 9 de junio de 1993 en México por cargos relacionados con homicidio y tráfico de drogas, y fue sentenciado a 20 años de prisión. Sin embargo, el 19 de enero de 2001, él escapó de un penal federal de máxima seguridad en Jalisco. Estando prófugo de las autoridades mexicanas, Guzmán Loera recobró su posición como el principal capo del cártel de Sinaloa y líder del comercio de drogas en México, convirtiéndose en el fugitivo número uno a nivel mundial y catalogado por la revista Forbes como un multimillonario. Fue arrestado de nuevo el 22 de febrero de 2014 en un modesto hotel en Mazatlán, Sinaloa.

El 11 de julio de 2015 escapó nuevamente del penal federal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México.

Guzmán Loera estaba al frente de su propia organización de tráfico de drogas, que a su vez forma parte del cártel de Sinaloa. Bajo el liderazgo de Guzmán Loera y su socio Ismael Zambada García, el cártel de Sinaloa controla una vasta red de operaciones de tráfico de drogas a escala internacional, y la mayoría de esas drogas se distribuyen en los Estados Unidos. El cártel de Sinaloa basa sus operaciones principalmente en los estados mexicanos de Sinaloa, Sonora, Durango y Baja California, aunque también cuenta con representación en otros estados de la República Mexicana. Aunado a estas células de distribución en los Estados Unidos, esta organización transporta drogas a Canadá, Australia, Europa, África y Asia. Su organización trafica cargamentos de múltiples toneladas de cocaína desde Sudamérica, pasando por América Central, y hasta México. También están involucrados en la manufactura, trasiego y distribución de metanfetaminas y heroína. Adicionalmente, la organización maneja grandes plantíos de mariguana en Sinaloa y áreas aledañas. El cártel de Sinaloa depende del manejo de grandes cargamentos de DINERO en efectivo para mover las ganancias ilícitas por la venta de droga a través de la frontera Estados Unidos-México.

Guzmán Loera ha sido acusado por crímenes de tráfico de drogas y delitos relacionados en diversas cortes de distrito de Estados Unidos, que incluyen: el Distrito de Arizona, el Distrito Sur de California, el Distrito Occidental de Texas, el Distrito Norte de Illinois, el Distrito Oriental de Nueva York, y el Distrito Sur de Florida. La primera acusación formal contra Guzmán Loera se presentó en San Diego el 28 de septiembre de 1995, imputando a él y a 22 miembros de su organización cargos por conspirar para importar más de ocho toneladas de cocaína y por lavado de dinero.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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