Conecta con nosotros

Chihuahua

Festeja Sección 42 Día del Niño en la Ciudad Infantil

La Sección 42 del SNTE festeja este viernes el “Día del Niño” con los hijos de los trabajadores de la educación en las instalaciones de la ciudad infantil del DIF, a invitación expresa del Secretario General Profr. René Frías Bencomo.

Se espera una gran asistencia de la familia magisterial desde las 15:00 hrs., para disfrutar de una tarde de fiesta y convivencia para lo cual, la organización sindical, tiene preparado un atractivo programa de actividades que incluye juegos recreativos, juegos mecánicos, las tradicionales rifas de obsequios, concursos, golosinas y sorpresas.

Previamente el Profr. René Frías y el Comité Ejecutivo Seccional giraron las invitaciones al personal en los centros de trabajo, siendo ellos mismos- los dirigentes- quienes estarán del evento para dar la bienvenida a chicos y grandes, en lo que será sin duda una acción más que una a la Sección 42 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto