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Hace ONU recomendaciones a México sobre desapariciones de 1960 a 1980

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El Grupo de Trabajo de Naciones Unidas (ONU) sobre Desapariciones Forzadas recomendó a México «el establecimiento de un mecanismo efectivo para la continuidad de las investigaciones de desapariciones forzadas» cometidas durante el periodo que cubre desde finales de la década de 1960 hasta principios de la década de 1980.

El grupo de trabajo de expertos de la ONU presentará mañana lunes un informe ante el Consejo de Derechos Humanos el cual reconoce que «las desapariciones perpetradas en el pasado son una asignatura en el presente dado que se trata de un delito de carácter continuado».

El documento sugiere transferir los archivos de ese periodo «de la Secretaría de la Defensa Nacional al Archivo General de la Nación garantizando el libre acceso del público y sistematizar el ingreso a todos los archivos de la extinta Dirección Federal de Seguridad y de la Fiscalía Especial para que éstos también se encuentren disponibles».

Igualmente, aconseja revelar los nombres de las personas que participaron en actos de desaparición forzada de acuerdo con la información que obra en poder de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

El informe fue elaborado por Jasminka Dzumhur (Bosnia y Herzegovina), Ariel Dulitzky (Argentina) y Osman El Hajjé (Líbano) a raíz de la visita que llevaron a cabo a México del 18 al 31 de marzo de 2011 por invitación del gobierno.

Durante el período conocido como la «Guerra Sucia» desde finales de la década de 1960 hasta principios de la década de 1980, «las fuerzas de seguridad llevaron a cabo una política de represión sistemática contra estudiantes, indígenas, campesinos, activistas sociales y cualquier sospechoso de ser parte de un movimiento de oposición», subraya el texto.

“Hasta hace algunos años, el Estado mexicano se negaba a reconocer la existencia de abusos cometidos por las fuerzas de seguridad», sin embargo, “ha reorientado su curso y ha adoptado algunas medidas relacionadas con los crímenes cometidos» durante el periodo mencionado, indicó el informe de la ONU.

Por otra parte, el Grupo de Trabajo celebra el criterio judicial establecido en julio de 2011 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el caso Rosendo Radilla relativo a una desaparición forzada en el contexto de la «Guerra Sucia».

Ese criterio judicial facilita la completa implementación de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), muchas de las cuales coinciden con las recomendaciones hechas por el Grupo de Trabajo», mencionó el texto.

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Dinero

EE.UU. impone arancel de 10% a México por política sobre trabajo forzoso

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Estados Unidos anunció una nueva ronda de aranceles para 60 economías, entre ellas México, al que aplicará un gravamen de 10 por ciento por considerar que no prohíbe o no hace cumplir de manera efectiva la importación de bienes elaborados con trabajo forzoso.

La medida fue dada a conocer por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), que explicó que la decisión deriva de una investigación realizada bajo la Sección 301, iniciada el 12 de marzo de 2026 por instrucción del presidente Donald Trump. El proceso incluyó dos rondas de audiencias públicas, consultas con más de 45 gobiernos y el análisis de más de 2 mil 100 comentarios.

México forma parte del grupo de países sujetos a un arancel de 10 por ciento, junto con Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago y el Reino Unido.

De acuerdo con la USTR, esta categoría corresponde a economías que ya cuentan con una prohibición para importar productos elaborados con trabajo forzoso, que asumieron el compromiso de establecerla mediante un Acuerdo sobre Comercio Recíproco o que aplican mecanismos parciales para impedir la entrada de este tipo de mercancías.

La resolución también establece un esquema de tres niveles de sanciones. Para el resto de las economías investigadas se fijó un arancel de 12.5 por ciento, mientras que determinados productos procedentes de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea del Sur y Suiza enfrentarán tasas de 10 o 12.5 por ciento, descontando la tarifa de Nación Más Favorecida cuando corresponda.

El representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, señaló que la decisión responde a la conclusión emitida el pasado 2 de junio, en la que la USTR determinó que las políticas de las 60 economías investigadas obstaculizan o restringen el comercio estadounidense. Agregó que la administración de Donald Trump considera necesario reforzar las medidas contra el trabajo forzoso en las cadenas globales de suministro.

Por su parte, el secretario de Economía, Marcelo Ebrard, afirmó que la resolución no modifica el arancel efectivo que actualmente paga México, ya que más del 80 por ciento de las exportaciones nacionales permanece exento al cumplir con las reglas de origen del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El funcionario explicó que el gravamen de 10 por ciento para las exportaciones que no cumplen con el T-MEC se mantiene, aunque ahora cambia su fundamento legal al pasar de la Sección 122 a la Sección 301. Añadió que el Gobierno de México continúa las conversaciones con el representante comercial estadounidense para acercar posiciones en materia comercial.

La presidenta Claudia Sheinbaum informó que este jueves sostuvo una reunión con Jamieson Greer en Palacio Nacional, donde ambas partes avanzaron en la revisión del T-MEC y en otros acuerdos bilaterales.

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