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Chihuahua

Inaugura JMAS Chihuahua segunda etapa de sectorización del tanque Chihuahua 2000

– La obra consta de seis fases en la que se hará una inversión total de 54 mdp, en beneficio de 140 mil residentes del norte de la ciudad

La Junta Municipal de Agua y Saneamiento (JMAS) de Chihuahua inauguró la segunda etapa del proyecto de sectorización del tanque Chihuahua 2000, ante vecinos de la colonia Los Portales, en el norte de la capital.

La obra total consta de seis etapas en la que se invertirá un total de 54 millones de pesos, en beneficio de 140 mil personas, a quienes gracias a esta nueva infraestructura y a la tecnología que se instalará, se garantizará un servicio eficiente y de calidad.

El director ejecutivo de la JMAS, Alan Falomir Sáenz, comentó que una vez concluidas todas las etapas de sectorización, se dará cobertura a un total de 85 colonias del sector, que tendrán más horas de servicio de agua potable, con lo cual se eliminarán los tandeos.

Indicó que actualmente se concluyó el trabajo físico, por lo que ahora se desarrollará el trabajo de implementación, por lo que el sistema podría entrar en operación en próximos meses.

“Esperamos que para mediados del próximo año podamos pasar a un servicio de agua las 24 horas del día. Ya no va a haber tandeo gracias a que se gestionarán de una manera eficiente e inteligente las presiones, a fin de mejorar el servicio de distribución de agua potable para las familias de la capital”, agregó.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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