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Chihuahua

Invita RPP a aprovechar los últimos días del Mes del Testamento

La Secretaría General de Gobierno, a través del Registro Público de la Propiedad, invita a las y los chihuahuenses a aprovechar los últimos días del Mes del Testamento para tramitar este documento ológrafo, o bien, realizar el pago del mismo y agendar la cita para los próximos meses.

Durante el mes de septiembre se han realizado un total de 931 testamentos ológrafos en las diversas oficinas registrales del estado, y es importante destacar que este trámite no es exclusivo para adultos mayores, sino que cualquier persona mayor de edad que deseé realizarlo puede acceder al beneficio.

Para los interesados en llevar a cabo el trámite, éste tiene un costo de 465 pesos y se deben cubrir los siguientes requisitos:

• Agendar cita con previo pago.
• Dos cartas de puño y letra en donde expresa su voluntad.
• Acta de nacimiento en original y copia.
• INE o Pasaporte Mexicano vigentes en original y copia.
• Recibo de pago de derechos.
• Formato de solicitud.

Para mayores informes pueden enviar un mensaje a la página de Facebook de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chihuahua o bien llamar al (614) 429 – 33 – 00 extensiones 12063 y 12078.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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