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México

México, de los países más peligrosos para periodistas

México continúa siendo uno de los lugares más peligrosos en el mundo para los periodistas y comunicadores, en donde han fallecido desde 1992 más de 30 reporteros.
En 2014, el deterioro de las condiciones en que se desarrollan esos trabajadores ha alcanzado su punto más bajo en más de 10 años, ya que los periodistas enfrentan más restricciones por parte de gobiernos, grupos violentos y criminales, de acuerdo con el informe Libertad de Prensa 2015, realizado por Freedom House.
“México que sufre violencia endémica, recibió su menor calificación en más de una década, después de haber promulgado una nueva Ley de Telecomunicaciones, la cual fue muy controvertida”, dice en su contenido el documento.
“Es un informe desolador porque vamos empeorando”, dijo la periodista Carmen Aristegui, durante la presentación del documento en donde estuvo, entre otros Mariclaire Acosta, directora de Freedom House.
De acuerdo con esta organización, “la impunidad y violencia acicatean la libertad de expresión en México.
Periodistas y medios de comunicación, aunque estos últimos en menor medida, sufren una escalada de ataques que en la última década se han incrementado progresivamente, al punto que desde hace varios años el país se ubica en los primeros lugares en el mundo por los asesinatos, desapariciones y agresiones a periodistas.
“Instituciones de procuración de justicia débiles se ven rebasadas y los agresores siguen en las calles, sin castigo por sus crímenes. La respuesta del Estado mexicano ha sido incierta y pobre. Y tampoco ofrece garantías para que el periodista trabaje con libertad e independencia”.
En el informe, al que asistieron como testigos José Buendía y Javier Garza, se resalta que los medios de comunicación y sus trabajadores enfrentan presiones de diversos actores que pretenden manipular el contenido noticioso o impedir su publicación, entre ellos los dueños de agencias que defienden agendas políticas o de negocios, importantes publicistas que buscan recibir cobertura positiva o neutral y funcionarios gubernamentales.
“La violencia criminal constituye la peor amenaza al periodismo independiente en el país. Según el Comité para la Protección de los Periodistas, al menos 31 reporteros y cuatro trabajadores de los medios han sido asesinados por motivos relacionados con su labor desde 1992 y 13 más han desaparecido desde 2005”.
Durante la presentación, se recordó a los periodistas de Veracruz: Moisés Sánchez Cerezo, quien fue secuestrado y asesinado en enero pasado; así como a Gregorio Jiménez de la Cruz, quien fue encontrado muerto en 2014.
“Año con año, México es testigo de cientos de ataques a periodistas y medios de comunicación y aunque no todos terminan en homicidio, muchos de ellos son aparentemente resultado de actos de funcionarios corruptos.
“Trabajadores de los medios fueron víctimas de frecuentes agresiones o detenciones temporales durante la cobertura de las numerosas manifestaciones de 2014, en las que se protestó por los graves abusos contra los derechos humanos y la ley de telecom”.
Mariclaire Acosta señaló que lo más lamentable es que muchos periodistas no tienen a quien acudir antes de ser asesinados y cuando van a sus medios, estos no los respaldan.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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