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Peso mexicano inicia la jornada del 3 de octubre con ligera ganancia frente al dólar

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El dólar estadounidense abrió la sesión de este viernes 3 de octubre cotizándose en 18.40 pesos, lo que representa una caída marginal del 0.16% frente a los 18.43 pesos registrados el día anterior, según reporta Dow Jones. La moneda estadounidense acumula un aumento de 0.16% en los últimos siete días, aunque mantiene una disminución interanual del 7.89%.

El mercado se muestra cauteloso y enfocado en los datos de inversión fija bruta, tanto mensual como anual, lo que ha contribuido a la moderada volatilidad observada en la última semana, que se situó en 5.02%, muy por debajo del indicador anual de 10.46%.

Durante 2024, el peso mexicano experimentó contrastes marcados: inició el año fortalecido frente al dólar, llegando a venderse en 16 pesos por unidad, una cotización que no se veía en casi una década. Sin embargo, diversos factores políticos y económicos, como la Reforma al Poder Judicial, la eliminación de órganos autónomos y las políticas de Donald Trump sobre aranceles y seguridad fronteriza, provocaron la depreciación de la moneda, que llegó a superar los 20 pesos por dólar.

Para 2025, Banxico proyecta que el tipo de cambio se ubique entre 20.24 y 20.69 pesos por dólar, un pronóstico conservador frente a la incertidumbre política y económica internacional. La inflación en México se mantiene relativamente controlada, estimándose en 3.8%, mientras que el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) se prevé modesto, con un alza de apenas 1.2%.

El peso mexicano, primera moneda en el mundo en utilizar el signo de dólar ($), es actualmente la moneda más negociada de América Latina y la tercera en el continente, solo detrás del dólar estadounidense y el canadiense. Su abreviatura oficial es MXN, y se encuentra dividido en 100 centavos, con monedas de 1, 5, 10 y 20 pesos, así como billetes de 20, 50, 100, 200, 500 y 1,000 pesos.

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Liquidación por despido: qué debe incluir y cuándo corresponde

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La liquidación por despido es una indemnización que corresponde a los trabajadores cuando la relación laboral termina por decisión de la empresa sin una causa justificada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Este derecho aplica cuando el patrón concluye el contrato por motivos ajenos al trabajador, ante el cierre de la empresa o sucursal, por recortes de personal o cuando el empleado decide separarse del cargo debido a una falta grave atribuible al empleador.

Además de la liquidación, los trabajadores tienen derecho a recibir un finiquito, que contempla el pago de salarios pendientes y prestaciones proporcionales generadas hasta la fecha de terminación de la relación laboral.

El finiquito incluye conceptos como el salario correspondiente a los días trabajados, la parte proporcional del aguinaldo, las vacaciones no disfrutadas y la prima vacacional. Los montos varían según el sueldo, la antigüedad y las condiciones contractuales de cada trabajador.

En casos de despido injustificado, la liquidación incorpora una indemnización adicional. Para calcularla se toma como referencia el Salario Diario Integrado (SDI), que considera prestaciones como aguinaldo y prima vacacional.

El artículo señala el caso de un trabajador con un salario mensual bruto de 15 mil pesos, tres años de antigüedad, vacaciones pendientes y 112 días laborados en el año. Bajo ese supuesto, el finiquito sería de 13 mil 369.84 pesos, mientras que la indemnización alcanzaría 47 mil 340.09 pesos. A ello se sumarían 31 mil 560 pesos correspondientes a 20 días de salario por cada año trabajado, para un total estimado de 92 mil 269.93 pesos.

La legislación contempla que la indemnización por despido injustificado incluya tres meses de salario, prima de antigüedad cuando corresponda, así como las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional pendientes de pago.

Respecto a los 20 días de salario por año trabajado, estos proceden cuando el patrón se niega a reinstalar al trabajador tras un despido injustificado, cuando existe una rescisión laboral atribuible al empleador o cuando concluyen anticipadamente contratos temporales o eventuales.

La diferencia principal entre finiquito y liquidación radica en la causa de terminación de la relación laboral. El finiquito corresponde en cualquier conclusión del vínculo de trabajo, mientras que la liquidación aplica únicamente en supuestos específicos como despidos injustificados, reajustes de personal o cierres de empresas.

El monto final de una liquidación puede variar según las prestaciones y condiciones particulares establecidas en cada contrato laboral.

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