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México

PGR y padres de los 43 preparan audiencia ante CIDH

La Procuraduría General de la República (PGR) y padres de los 43 normalistas desaparecidos de Ayotzinapa, expondrán sus posturas sobre la investigación del caso Iguala ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) este viernes, después de que suspendió la reunión de la semana pasada.

Para la audiencia pública “Mecanismo especial de seguimiento del asunto Ayotzinapa”, se tendrá la participación del subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales, Alberto Elías Beltrán, el coordinador del PRI en el Senado, Emilio Gamboa, así como funcionarios de las secretarías de Gobernación (Segob) y Relaciones Exteriores (SRE).

Por parte de los padres, asistirán Mario González, Cristina Bautista y Josefina García, cuatro representantes de organizaciones coadyuvantes, el representante legal Vidulfo Rosales y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez.

“Las expectativas son grandes, a ver si se pueden lograr, por eso vamos para exigir y pedir otras cosas para que lleguemos a la verdad, porque el Estado mexicano siempre nos ha ocultado la verdad y se está protegiendo a políticos que participaron en su momento en la situación 2014, para nosotros es muy relevante que sigan las líneas de investigación y las recomendaciones del GIEI”, comentó en entrevista telefónica Mario González, padre de César Manuel González Hernández.

“Si, por una parte vamos a ver que está pasando para que ya empiece a trabajar y exigir que se quede más tiempo y a ver cómo se le puede hacer, porque no se ha hecho nada, que la complicidad y la impunidad sigue existiendo en las dependencias”, señaló González.

Se realizarán tres audiencias públicas más donde estará el gobierno federal, primero se tratará la independencia y autonomía del sistema de procuración de justicia en México, después la “situación de derechos humanos de personas solicitantes de asilo y refugiados en nuestro país y finalmente “el derecho a la verdad en casos de violaciones graves de derechos humanos en México”.

Sin embargo, esta cita estará marcada por la renuncia de Enrique Gil Botero, relator de derechos humanos para México y quien encabezaba el “Mecanismo de Seguimiento” a las víctimas del caso Iguala.

Noticias MVS

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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