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Chihuahua

Piden ajustar horario en todo Chihuahua

Diputados de todos los partidos representados en el Congreso local demandaron adelantar la aplicación del horario de verano en los otros 66 municipios de Chihuahua, luego que Ciudad Juárez se unió a Texas y a otras entidades del sur de Estados Unidos que comenzaron dicho ciclo el domingo 11 de marzo.

El diputado del PRI René Franco sostuvo que todo el estado, y no solo Ciudad Juárez, debe adelantar el reloj la segunda semana de marzo, pues de otra manera surgirán problemas debido a que la población fronteriza hace el cambio para sincronizarse con las actividades económicas del otro lado de la frontera.

De los 67 municipios de Chihuahua, únicamente Ciudad Juárez hace ese cambio; el resto adelantará los relojes cuando entre en vigor el horario de verano en todo el país, el primer domingo de abril; sin embargo, los diputados locales piden que el ajuste sea inmediato. Personas de otras ciudades del estado que tienen negocios, viajes o comunicación con Ciudad Juárez o El Paso, Texas, tienen que calcular las diferencias de horario, que durante tres semanas se desfasan una hora en relación con el resto del estado y dos con respecto a la hora del centro del país.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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