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Chihuahua

Presenta Poder Judicial y Tribunal Electoral conferencia magistral sobre la historia constitucional de Chihuahua

Chihuahua.- Derivado de los acuerdos interinstitucionales con el Tribunal Estatal Electoral se relataron los actos de José Fernández Ramírez, quien aunque es poco reconocido, tuvo la visión de cambiar el control constitucional por el control jurisdiccional.

De igual manera relató a los presentes parte de la historia del Poder Judicial, entre lo que destaca que en el año de 1825 la institución era un poder unitario, en el que sólo existía un ministro o magistrado judicial, característica que sólo tenía el estado de Chihuahua.

El ponente enalteció el trabajo del estado de Chihuahua con los Derechos Humanos y mencionó que el estado de Veracruz tiene ciertos nexos y características similares con Chihuahua, y como en ocasiones, llegó a tomar como punto de partida lo realizado aquí en la entidad.

González Oropeza actualmente se desempeña como académico de la UNAM, es miembro fundador del Sistema Nacional de Investigadores, y fundador de institutos de investigaciones jurídicas así como de programas de posgrado. En 2006 fue propuesto y ratificado como magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal, cargo que desempeñó durante diez años, conforme a la legislación aplicable.

Cabe mencionar, que se contó con la presencia de funcionarios y funcionarias del Poder Judicial y al término del evento el magistrado Leo David Alvarado en representación de la Mgda. Presidenta Myriam Hernández, agradeció la presencia de los presentes y reconoció la trayectoria del ponente, así mismo hizo entrega de un reconocimiento por su valiosa participación y exhortó a retomar este tipo de conferencias pues manifestó que ”no debemos dejar de lado que la perspectiva histórica nos hace examinar y entender nuestra actualidad”.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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