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Chihuahua

Proceso sucesorio mal gestionado pondría en riesgo patrimonio familiar: Especialista

Un proceso sucesorio mal gestionado es un serio peligro para el patrimonio familiar, alertó el C.P.C. José Mario Rizo Rivas, Socio Director de Salles Sainz Grant Thornton S.C. Oficina Guadalajara, quien es Experto e Institucionalidad y Gobierno Corporativo en Empresas Familiares.

Esto durante el Módulo VII del Seminario de Impuestos 2021 del Instituto y Colegio de Contadores Públicos de Chihuahua, relacionado con “Patrimonios y Fideicomisos”, en el que el alto ejecutivo de Salles Saiz Grant Thornton dijo que durante la pandemia aumentó la preocupación de los mexicanos por poner en orden su situación patrimonial.

Además esto se incrementó cuando el Gobierno Mexicano hizo patente su intención de gravar las herencias, por lo que esto alerto a quienes tienen bienes que pudieran ser sujetos a una disposición en un proceso de sucesión.

José Mario Rizo expreso que durante septiembre (Mes del Testamento) se realizan en algunas zonas del país el poner especial énfasis en que los ciudadanos realicen este tramite ante notario, mediante descuentos atractivos.

Ante el sector contable y demás especialistas en el tema de impuestos, destacó que el tema del proceso sucesorio va tomando auge de tal manera que en estos tiempos algunos despachos tienen como su principal fuente de ingresos la atención de empresas familiares y el tema patrimonial, no tanto el tema fiscal y contable, implícito.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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