Hola, ¿Cómo están todos? Pues déjenme que les platique que el día de ayer por fin se votó un dictamen que tenía casi 11 meses en la Comisión de Salud de San Lázaro.
Se trata sobre los denominados “productos frontera” o “milagro”. Si, esos mismos que vemos anunciados en comerciales por televisión a altas horas de la noche o bien durante diferentes programas de radio.
Dichos productos son aquellos que se destacan por promocionarse con propiedades medicinales, pero que realmente no encajan en la definición de un medicamento, pero tampoco de un alimento, de ahí la denominación de frontera.
Mucha publicidad.
La mayoría de los productos milagro exaltan en su publicidad una o varias cualidades terapéuticas, preventivas, rehabilitadoras o curativas, que van desde cuestiones estéticas hasta solución de problemas graves de salud.
De ser utilizados esos productos de manera irracional y sin control, confiando en la veracidad de su publicidad, se pueden presentar riesgos farmacológicos, de contaminación biológica, de alteración de condiciones físicas alteradas, entre otros. En pocas palabras sabrá Dios que nos pueda pasar si continúan usándolos.
Al respecto.
Se busca que las empresas establezcan en las etiquetas de sus productos la realidad de los mismos, al inscribir una leyenda que el usuario pueda leer claramente y que conozca que el producto no diagnostica, trata, cura o previene ninguna enfermedad o padecimiento, ni síntoma asociado a la misma.
Que no es un medicamento y que por no tener estudios clínicos se desconocen los posibles efectos de su uso en la salud humana. De esta manera, las personas podrán ver claramente que los productos pueden ser auxiliares, pero no hacen milagros, lo que les proporcionará la información para que ellos puedan tomar la decisión que mejor les convenga.
Qué se votó.
Bueno, pues el dictamen quedo de la siguiente manera para los alimentos o bebidas que se pretendan expender o suministrar al público en presentaciones que sugieran al consumidor que se trate de productos o substancias con características o propiedades terapéuticas.
Deberán en las etiquetas de los empaques o envases incluir la siguiente leyenda: “Este producto no sirve para diagnosticar, tratar, curar o prevenir ninguna enfermedad o padecimiento, ni síntoma asociado con la misma. No es un medicamento y por no tener estudios clínicos se desconocen los posibles efectos de su uso en la salud humana”, escrita con letra fácilmente legible y en colores contrastantes.
Así que ya saben, para todos aquellos que les gusta curarse o tratarse algún malestar con este tipo de “productos” tengan cuidado que es lo que compran y cuáles son sus consecuencias, sino al rato su cuerpo les cobrará la factura, o no?
Al tiempo, tiempo.
Nos leemos la próxima semana.
Twitter: @jafong
Jaime Agustín Fong Ríos, es originario de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua, egresado de la Licenciatura en Derecho por la Universidad Autónoma de Chihuahua, ha trabajado como asesor de comisiones legislativas en el Congreso del Estado de Chihuahua y actualmente labora en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
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