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¿Puedes demandar a alguien por pedorrearse en la oficina?

Sorprende la cantidad de gente que abiertamente —y sin vergüenza— puede pedorrearse en un lugar público, ya sea en un festival con miles de personas, en la fila del banco o en la oficina.

Algunas personas disfrutan de oler sus flatulencias, de sabanearlas, de agarrar el pedo y llevarlo a su rostro para detectar la impronta de su creación. Otras, abiertamente reconocen su fetiche y oler uno les genera una excitación sexual brutal. Y hay algunas, como yo, que detestamos la experiencia de ir caminando y que nuestra nariz se vea sometida al sufrimiento de una imprudencia gaseosa ajena.
Pero qué sucedería si tuviéramos un compañero en el trabajo, la escuela o el transporte público que no cesara en su afán de pedorrearse y contaminar la atmósfera de cualquier lugar con sus aromas fétidos, ¿sería posible proceder legalmente? ¿Podría terminar en prisión? ¿Le cobrarían por daños a terceros? ¿Dónde está la frontera del hostigamiento? ¿Los olores y su intención tienen protagonismo en asuntos legales?

Platiqué con Yamilette Perez Lievano, abogada de CDMX, para conocer qué casos se han presentado bajo estas circunstancias y qué tan viable es proceder contra alguien muy pedorro en México.

VICE: ¿Conoces casos relacionados a esto?

Yamilette: Sí, me vienen a la mente tres: uno en Francia durante el 2012 y los otros en Estados Unidos y Reino Unido en 2010 y 2004, respectivamente.

¿Qué pasó en Francia?

Al parecer, en Francia, demandar a alguien que se tira pedos en el trabajo es procedente. Tal es el caso de un trabajador de Montpellier, quien, según aseguran sus compañeros, eructaba y despedía flatulencias todos los días en su puesto de trabajo, hasta tal punto que varios de sus compañeros decidieron quejarse con el jefe, quien llamó la atención de este trabajador varias veces.

El trabajador hizo caso omiso a las llamadas de atención de su superior, continuó eructando y tirándose pedos sin vergüenza alguna, lo que generó la decisión de apelar a la justicia laboral.

¿Y qué sucedió?

Pues la resolución que dio la Corte de Apelaciones de Versalles fue:

“Las faltas deliberadas y reiteradas a las reglas del saber vivir de este asalariado, generadoras de tensiones en sus relaciones con sus colegas, constituyen una causa real y seria de despido”.

¿En Reino Unido pasó algo similar al asunto de Montpellier?

En febrero del año 2010, un trabajador llamado Daniel Cambridge, de la empresa Waterstone en Burton-upon-Trent, fue despedido por tirarse demasiados pedos en su lugar de trabajo. Esto molestaba a sus compañeros, quienes se quejaron reiteradas ocasiones hasta que lo despidieron. Daniel argumentó que llevaba tres semanas tomando Citaloprama y que dicho medicamento era el causante de las flatulencias, pero su justificación no pudo valer más que las 35 quejas que entraron en su contra durante dos días.

¿Y en Estados Unidos?

Ahí Louann Clem presentó una demanda a la empresa Case Pork Roll C. en Trenton, basándola en el hecho de que Richard, su esposo y compañero de trabajo, fue discriminado debido a su problema estomacal de “pedos y diarrea excesivos”, problema que surgió al someterse a una cirugía y colocarse un bypass, asegura Louann.

En la demanda, Louann afirma que la mayoría de la empresa —incluyendo supervisores—, se quejaban de sus pedos y diarrea incontrolable, lo que llevó a Case Pork Roll C. a la decisión de despedir a Richard.

La Sra. Clem renunció en cuanto se enteró que su esposo fue despedido. En su demanda, afirma que el despido afectó física y psicológicamente a su marido. A pesar de los argumentos esgrimidos por la Sra. Clem, el juez desechó la demanda, dictaminando que Case Pork Roll C. en ningún momento creó un ambiente desfavorable para Richard.

El director de la compañía, de acuerdo a lo que establece Clem en la demanda, se quejó en repetidas ocasiones de los pedos de su esposo, diciendo que no podían trabajar ni atender a la clientela, con un olor tan fétido en la oficina.

¿Hay casos así en México?

No existe ningún precedente de ese tipo en México, sin embargo, podríamos redactar una queja y presentarla ante el Centro de Mando de La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, quien es la encargada en México de vigilar todo lo relacionado a la inspección federal.

¿Hay documentos oficiales que hablen sobre esto?

Sí, en noviembre del 2014 se publicó el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual en su artículo 3º, establece lo siguiente:

«VII. Contaminantes del Ambiente Laboral: Los agentes físicos, químicos y biológicos capaces de modificar las condiciones ambientales del Centro de Trabajo, que por sus propiedades, concentración, nivel, así como tiempo de exposición o acción pueden alterar la salud del Personal Ocupacionalmente Expuesto;”

«IX. Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo: La identificación de las Condiciones Inseguras o Peligrosas; de los agentes físicos, químicos o biológicos o de los Factores de Riesgo Ergonómico o Psicosocial capaces de modificar las condiciones del ambiente laboral; de los peligros circundantes al Centro de Trabajo, así como de los requerimientos normativos en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que resulten aplicables;”

“XVII.Factores de Riesgo Psicosocial: Aquéllos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada laboral y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de Violencia Laboral, por el trabajo desarrollado;”

Entonces, ¿podríamos proceder?

Si un compañero se tira pedos de forma excesiva, desde mi punto de vista, es un factor que modifica las condiciones ambientales del Centro de Trabajo. Claro que habría que atender al caso concreto, cuantificar la cantidad de pedos que se tire el compañero y analizar hasta qué punto podrían estos pedos afectar a la persona que los recibe directa e indirectamente.

En este sentido, dependiendo del receptor, el hecho de estar escuchando y oliendo flatulencias podría también generar también un trastorno de ansiedad o daños psicológicos, dependiendo, —como se mencionó anteriormente— de la cantidad y/o frecuencia con la que el compañero se tire los pedos.

¿Y si piden evidencias?

En lo personal, ofrecería una pericial en psicología para que de esta manera se pudiese determinar el daño que pudo ocasionar el hecho que un compañero se haya tirado pedos de forma excesiva.

¿Cuál sería tu conclusión final?

Hechas las consideraciones anteriores, si un compañero se tira pedos excesivos en el trabajo, tenemos varias opciones legales para, por lo menos, darle un sustito y que vaya a checarse al médico más cercano.

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Marilyn Cote está ubicada y no hay riesgo de fuga: Fiscalía

Marilyn Cote está ubicada, no hay riesgo de fuga por lo que no escapará de la justicia, afirmó el fiscal general de Puebla, Gilberto Higuera Bernal, al tiempo que evitó confirmar o descartar si ya fue girada una orden de aprehensión en contra de la pseudopsiquiatra.

El breve entrevista al finalizar el desfile conmemorativo a la Revolución Mexicana confirmó a MILENIO Puebla que ya culminaron la investigación del caso.

Puntualizó que durante el cateo al consultorio de Marilyn Cote en las Torres Médicas de Hospitales Mac Puebla, del jueves pasado, encontraron las pruebas suficientes paradeterminar que no es especialista en neuropsicología, neuropsiquiatría o cualquier otra área de la salud como lo presumía.

Finalmente, el fiscal poblano pidió esperar a la habitual conferencia de mañana para dar detalles del caso.

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