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México

Renuncia secretario de Seguridad de Coahuila

El Secretario de Seguridad Pública de Coahuila, Jorge Luis Morán Delgado, renunció a su cargo la mañana de este viernes argumentando motivos personales. Como encargado del despacho de dicha dependencia fue designado José Gerardo Villarreal, quien ocupó hasta hoy la Subprocuraduría Ministerial.

El Secretario de Gobierno, Heriberto Fuentes Canales, fue el encargado de leer un comunicado en el cual explica los motivos que llevaron a Morán Delgado a dimitir en el cargo, desde el pasado 19 de octubre del año en curso.

«El Licenciado José Gerardo Villarreal Ríos se hará cargo del despacho de la Secretaría de Seguridad Pública hasta en tanto sea nombrada y ratificada por el Congreso del Estado, la persona que sustituya al Licenciado Jorge Luis Morán Delgado».

El encargado del despacho de Seguridad Pública dijo que no se trataba de una destitución, sino de una decisión personal.

Al ser cuestionado sobre si la salida de Jorge Luis Morán Delgado se debe a que no acreditó los exámenes de control de confianza, éste dijo desconocerlos.

“Seguir trabajando por la seguridad para recobrar las calles, para recobrar la tranquilidad, para que sigamos desarrollándonos como estado, como coahuilenses y poder aspirar a mejores estadías”.

El encargado del despacho dijo que hará un análisis de las condiciones en las cuales recibe la Secretaría y seguir colaborando con las políticas de seguridad que la administración ha diseñado para cumplir a cabalidad con ellas.

José Gerardo Villarreal Ríos dijo que insistirá en la profesionalización de los cuerpos policiacos y en el trabajo coordinado con todos los órganos de gobierno.

“La administración estatal refrenda su compromiso de continuar trabajando dentro del marco de la ley, combatiendo el crimen y en la búsqueda por recuperar la paz y la tranquilidad en el Estado, que es hoy el mayor reclamo por parte de la ciudadanía así como uno de los compromisos que se asumieron hace 10 meses al inicio de esta gestión.”

Puntualizó que las fuerzas del estado no se han visto rebasadas por la delincuencia organizada ya que el combate ha dado buenos resultados.

Será durante la primera semana de noviembre cuando el gobernador Rubén Moreira, anuncie la designación del titular de la Secretaría de Seguridad Pública.

La renuncia se da enmedio de una crisis en materia de seguridad luego de la fuga de 131 reos del penal de Piedras Negras, el pasado 17 de septiembre, así como el asesinato  de José Eduardo Moreira Rodríguez.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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