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México

SEP tarda dos meses en descontar a maestros faltistas

Las asistencias y faltas de los profesores se registran a mano en un libro todos los días. Cada director tiene entre sus funciones revisar ese libro de registro de los docentes.

Sin embargo, es hasta fin de mes cuando el director hace un reporte al respecto en computadora y se lo entrega al supervisor escolar, quien atiende entre 20 y 70 planteles.

De ahí, todavía pasa por dos manos más: el jefe de sector, a quien el supervisor le entrega su informe, y el director de personal, quien finalmente registra las asistencias y faltas en el sistema de gestión escolar.

 Foto: Archivo / Reforma
Docentes que no asisten a clases reciben los descuentos hasta dos meses después de su falta. Algunos no se presentan a las aulas por participar en protestas en distintas partes del País.

Foto: Archivo / Reforma

Una vez que el supervisor tiene todas las incidencias de personal de las escuelas, elabora otro reporte, Incidencias de Personal por Escuelas, el cual hace en computadora, imprime y entrega en la dirección de secundarias, se hace el mismo procesos, y lo manda al departamento de personal de la Secretaría.

Este largo camino burocrático se realiza no sólo a mano, sino que la entrega física de los oficios correspondientes también debe hacerse en persona, pues requiere de la firma de recibido del superior jerárquico y el sello.

Los supervisores se trasladan con sus propios recursos a las escuelas y, en ocasiones, sólo pueden asistir a los planteles una vez al mes, pues ésta es sólo una de las decenas de actividades administrativas que les exige el sistema.

José Ángel Pescador, ex Secretario de Educación Pública, aseguró que desde que él fue director de primaria, en 1965, la asistencia de los maestros se registra a mano en un cuaderno.

«Todo se hacía a mano, desde la asistencia de los alumnos, los reportes a la autoridad educativa, hasta las inasistencias de los maestros.

«El registro se llevaba a mano, se hacía en cuadernos, y luego las inasistencias se vaciaban a los oficios a mano porque no había computadoras», expresó.

En la actualidad, algunos tramos del proceso se hacen en forma computarizada.

«La SEP nos pide el reporte de las incidencias del personal cada mes; tengo que reportarlo en los cinco primeros días del mes siguiente, porque los maestros que faltaron tienen un mes para presentar la justificación de la falta.

«El director tiene la obligación de solicitar por escrito al maestro la justificación de su inasistencia», explicó José Fernando Torres supervisor en Sinaloa.

Explicó que la única forma de justificar una inasistencia es con una incapacidad médica del ISSSTE, o una comisión de la Secretaría de Educación.

También, señaló, por costumbre algunos maestros pueden presentar un justificante del Sindicato.

Este largo camino burocrático abre la puerta a darles la vuelta a las faltas, aseveraron a REFORMA directores, supervisores y maestros.

«Si un director te quiere ayudar, no registra la falta», afirmó la profesora Magdalena Pulido, de la escuela Josefa Ortiz de Domínguez ubicada en Orizaba, Veracruz.

Pulido se precia de ser una de las muchas maestras que no faltan a la escuela.

«Creo que habré faltado como 10 veces en toda mi carrera, llevo 25 años de dar clases y no lo hago porque faltar un día a clases pone de cabeza no sólo al director, sino a tus alumnos que se pierden, luego les cuesta agarrar de nuevo el ritmo o se distraen porque no le entendieron al maestro que te suplió o de plano hay que repasar todo de nuevo, en fin, para mí no es una opción», expresó.

El director Javier Delgado, de la secundaria Constitución de 1917 de Puebla, contó que cuando un docente falta, busca entender las razones de dicha ausencia.

«Muchas veces nos avisan que no podrán asistir a la escuela y uno conoce al maestro: si verdaderamente sabemos que es muy trabajador, pues se la perdonamos; si no, pues sí le contamos la falta».

No todos avisan, aclaró.

«Algunos no avisan, pero uno conoce a los maestros y ya sabe».

Francisco Bravo, director de la escuela primaria Leonardo Bravo, hace dos semanas faltó a clases porque decidió unirse a la protesta nacional de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) en contra de la reforma educativa.

«Aquí está todo más controlado y tecnificado. Un día antes de la marcha (del 24 de junio) de la dirección operativa nos mandan a los directores un oficio por correo electrónico para que informemos sobre la inasistencia del personal.

«En este caso supieron el mismo día en que faltamos y el descuento tardará una quincena a lo mucho», explicó.

Dijo que desde el ciclo escolar pasado las incidencias de personal se registran por computadora.

En Coahuila, comentó el supervisor José Manuel Gutiérrez, prácticamente no se registran faltas porque al final del año los maestros tienen una prestación, el bono de 10 días de salario por puntualidad y asistencia.

En febrero de este año, dijo, comenzó a operar un nuevo sistema informático para el registro de incidencias de personal, que tiene que hacer el director del plantel; pero las asistencias de los maestros siguen registrándose a mano en la libreta.

Para Gutiérrez debería buscarse otro procedimiento para el registro de asistencias de personal en las escuelas.

«Un procedimiento que digitalice la entrada y la salida del personal, con un sistema de cómputo, pero no se ha modificado; salvo porque en febrero los directores tienen que registrar en un sistema las incidencias de personal», expresó.

Fuente: Noticias Terra

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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