México
Si tienes 60 años o más, tramita la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez
El monto que recibirás de pensión depende de varios factores, como el año en el que iniciaste tu cotización a la Ley del Seguro Social, las semanas cotizadas bajo la Ley de Seguro Social y el promedio de tus salarios base de cotización de los últimos cinco años.
La Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez se otorga al asegurado del IMSS que, habiendo cumplido entre 60 y 65 años, respectivamente, cuente con el período mínimo de cotización que prevé la Ley del Seguro Social.
Para poder acceder a esta pensión, se deberá cumplir un mínimo de cotizaciones que prevé la Ley del Seguro Social, de acuerdo con el régimen en el cual está asegurado.
Por ejemplo, las personas que estén aseguradas bajo la Ley del Seguro Social, vigente hasta el 30 de junio de 1997, deberán cumplir con una cotización de 500 semanas. Mientras que los asegurados a partir del 1 de julio de 1997 deberán cumplir mil semanas de cotización.
Cabe mencionar que el asegurado que haya estado inscrito antes del 1 de julio de 1997, podrá elegir entre la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 y de la Ley vigente a partir del 1 de julio de 1997. Los asegurados que únicamente tengan cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997 no tienen derecho a elección
¿Cómo realizar el trámite de la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez?
Para realizar el trámite, se deberá acudir de manera presencial a la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción, en un horario de 08:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.
Para ubicar la unidad más cercana se deberá ingresar a la página www.gob.mx, dirigirse al buscador, marcado con una lupa, y escribir: Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez y seleccionar la primera opción.
Una vez dentro, en la parte inferior se deberá buscar el apartado “Ubica tu oficina más cercana” y seleccionar el estado y municipio al que pertenece el interesado.
¿Cuáles son los requisitos para la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez?
Los requisitos para tramitar la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez en el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 son que el asegurado:
- Tenga cumplidos al menos 60 años al momento de presentar la solicitud de Pensión de Cesantía en Edad Avanzada y 65 años para la Pensión de Vejez
- Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- Se encuentre privado de trabajo remunerado
- Haya estado inscrito al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997
- Tenga registradas ante el IMSS un mínimo de 500 semanas de cotización
- Esté vigente en sus derechos ante el Instituto o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley
Mientras que los requerimientos para los asegurados ante el régimen de la Ley del Seguro Social de 1997 son que el asegurado:
- Tenga cumplidos al menos 60 años al momento de presentar la solicitud de Pensión de Cesantía en Edad Avanzada y 65 años para la Pensión de Vejez
- Haya causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- Se encuentre privado de trabajo remunerado
- Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de mil semanas de cotización
- Si no reúne las mil semanas de cotización y habiendo cumplido 70 años, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para el otorgamiento de la pensión. En este caso, si el asegurado tiene cotizadas un mínimo de 750 semanas, tendrá derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
¿Qué documentos se necesita para tramitar la pensión?
Solicitud de pensión, llenada por el personal IMSS
Identificación oficial vigente
Documento con el Número de Seguridad Social (NSS) del asegurado
Comprobante de domicilio
Clave Única de Registro de Población (CURP)
Estado de cuenta de la Cuenta Individual
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave
Documento con número de cuenta y clave bancaria para recibir el pago de la pensión
Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento
México
Exmagistrada Mónica Soto podría llegar al gobierno, dice Sheinbaum
La presidenta Claudia Sheinbaum no descartó que la magistrada Mónica Soto pueda incorporarse posteriormente a la administración pública, luego de que anunciara su renuncia a la presidencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aunque aclaró que actualmente no existe un cargo contemplado para ella.
Cuestionada durante su conferencia matutina sobre los rumores de que Soto podría recibir una posición dentro del gobierno federal, Sheinbaum respondió que “podría ser”, pero precisó que por ahora no está previsto.
Podría ser, pero no lo tenemos contemplado en este momento.
La presidenta evitó pronunciarse sobre las razones de la renuncia de Soto y sostuvo que se trató de una decisión personal que está dentro de sus atribuciones, a pesar de que hubo señalamientos respecto a la falta de claridad de la dimisión.
“No, no voy a opinar, no me corresponde; ella tomó la decisión de retirarse del tribunal.
Sheinbaum calificó a Soto como una mujer “con experiencia” y “muy profesional en su trabajo”, además consideró que tuvo un buen desempeño tanto como magistrada como durante el periodo en que encabezó el Tribunal Electoral.
“Me parece a mí que ella hizo un muy buen papel al frente cuando le tocó ser presidenta y también como magistrada”, dijo.
Ante la pregunta sobre si la salida de Soto y otra vacante en el Tribunal Electoral podrían representar un problema de cara a las elecciones de 2027, Sheinbaum rechazó que exista una afectación en términos constitucionales.
“No, no tiene problema en términos de lo que establece la Constitución”, respondió.
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La presidenta explicó que, en caso de una elección presidencial, tendría que buscarse una solución para cubrir las vacantes, y puso como ejemplo el proceso electoral de 2024.
Así fue en el 24, se lo recuerdo. Una magistrada de un poder regional participó en la calificación de la elección presidencial.
Sheinbaum recordó que la reforma al Poder Judicial establece que las magistraturas deben ser electas por voto popular.
Explicó que algunos de los integrantes actuales del Tribunal Electoral ya fueron electos y que, para cubrir las posiciones que permanezcan vacantes, será necesario esperar al proceso electoral de 2028.
La reforma al Poder Judicial establece que ellos deben ser electos; como algunos de ellos ya lo fueron, entonces pues hay que esperar al 28 para elegir a los otros dos que faltan.
La mandataria aclaró que desconoce en ese momento cuántos magistrados podrían dejar el Tribunal Electoral antes de esa fecha, pero insistió en que las vacantes no representan, por sí mismas, un impedimento para el funcionamiento del órgano de cara a las elecciones intermedias de 2027.
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