Conecta con nosotros

México

Violenta madrugada deja 12 muertos en Coahuila

Doce muertos dejaron la serie de balaceras en las ciudades de Saltillo y Torreón la noche del lunes y madrugada del martes, reportan la Procuraduría General de Justicia en el Estado

En Saltillo, alrededor de las 20:00 horas del lunes dos elementos de la PGJE fueron emboscados por civiles armados en la colonia Satélite Norte, a escasos metros de la subdelegación de la dependencia estatal.

Sus ocupantes perdieron el control de la unidad que se estrelló en el camellón central y quedo bajo un puente peatonal provocando que los elementos quedaran prensados

En el lugar perdió la vida uno de los elementos y la mañana de este martes se reportó el deceso de su compañero tras las heridas de gravedad que presentaba.

Tras estos hechos se suscitaron una serie de persecuciones y tiroteos que terminaron en la colonia Mirasierra al oriente de Saltillo, donde se reportó que el Grupo de Armas y Tácticas Especiales abatieron a tres delincuentes que viajaban en un auto Honda blanco y donde se
aseguraron varias armas.

En Torreón, ocurrieron siete homicidios en diferentes lugares en cuyo hechos también se reportan al menos 8 personas más heridas con armas de fuego. El primer cuerpo encontrado fue en el ejido Unión donde una persona fue degollada.

Luego un hombre fue privado de su vida al ser baleado en el interior de un minisúper y dos más en un taller mecánico.

Los enfrentamientos entre grupos rivales y de éstos con las distintas corporaciones  siguieron en varios puntos de la ciudad que dejaron otras dos personas sin vida en la colonia Moderna, de donde se
recogieron 72 casquillos percutidos de cuerno de chivo y ya en la madrugada se reportaba una  mujer muerta durante un enfrentamiento en la colonia Alamedas, ahí se recabaron 73 casquillos percutidos del
mismo calibre.

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto