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Chihuahua

Ya investigan quién hackeó a la gobernadora Campos

El secretario general de Gobierno, César Jáuregui Moreno, señaló que no descarta que el hackeo que sufrió la gobernadora Maru Campos Galván en su celular se trate de un asunto político, sin embargo puntualizó que serán las investigaciones las que determinen quién cometió este acto y con qué motivo.

 

Ayer, la mandatario informó que el número celular que usaba hasta el momento, el 6141002046, fue intervenido para enviar mensajes pidiendo dinero, por lo que alertó a las personas de no caer en la estafa.

“Yo creo que era muy fácil detectarlo, espero que nadie haya caído porque hubo mcha gente que s´lo reportó y bueno la gobernadroa tenía que necesarimaente alertar de que se trataba de un hackeo y se trataba de un fraude”, dijo el funcionario.

 

Jáuregui Moreno señaló que él no recibió ningún mensaje porque quizá los responsables sabían que no podrían engañarlo y que desconoce cuál era el monto que solicitaban o si alguien fue cayó en la estafa pero espera que no haya sido así pues se trataba de una estrategia muy burda.

 

“Todos somos sujetos de que nos realicen ese tipo de cuestiones. Yo esper que no haya sido una intervención directa a teléfono, sido que una y exclusivamente se haya usado a través de otro aparato el número, pero serán las investigaciones para que no vaya a ocurrir por cuestiones de seguridad, que se pueda hackear ni el teléfono de la gobernadora ni de ninguno de los funcionarios involucrados por ejemplo en la seguridad”.

 

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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